Harrak, al servicio del CNI y de la yihad
La Audiencia Nacional absuelve a un yihadista que trabajaba para el CNI
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- octubre 11º, 2017
La Audiencia Nacional ha absuelto a Mohamed Harrak, un marroquí acusado de reclutar para el Daésh y de planear un atentado, ante la posibilidad de que lo hiciese como una colaboración con los servicios de inteligencia, si bien le condena a 3 años de cárcel por tráfico de drogas.
En su sentencia, la sección primera de lo Penal considera “poco creíble dedicarse a la recluta de personas dispuestas a pasar a la acción y al tiempo entregarlos a una agencia de seguridad del Estado”, por lo que asume la versión del acusado.
En el juicio, en el que se enfrentaba a una petición del fiscal de 10 años de cárcel, Harrak aseguró que todos esos contactos a través de internet con potenciales yihadistas lo hizo por petición de una persona que le dijo que trabajaba en los servicios de inteligencia y al que identificó como Ángel.
La Sala considera probada la existencia de esa persona y los contactos que estableció con el acusado, si bien no ha podido confirmar que trabajara para los servicios de inteligencia.
“Carece de sentido que hubiera trasladado la información relevante de sus contactos a quien creía era un agente de inteligencia si no era porque estaba colaborando en la detección de sospechosos”, destaca.
La Fiscalía de la Audiencia Nacional, que no creyó en esa versión, acusaba a Harrak de integración en organización terrorista al considerar que se dedicaba a “entrenar de manera intensiva” a futuros combatientes para su envío a Siria e Irak a los que llegó a proponer “hacerse con material necesario” para cometer un atentado.
Según el Ministerio Público,
Mohamed publicaba imágenes e información en las redes sociales sobre su participación en combates con armas simulando campos de batalla para que los “captados” adquiriesen familiaridad con el manejo de armas de fuego y lograsen “las habilidades necesarias para combatir” con el Califato Islámico.
Sin embargo, el tribunal considera que “la prueba pone de manifiesto que no adoctrinaba, ni reclutaba, ni entrenaba a otras personas para que se desplazaran a Irak y Siria y se integraran en la organización Estado Islámico”.
Reconoce que Harrak “publicaba mensajes de contenido yihadista y laudatorios de la organización”, pero cree en la posibilidad de que lo hiciera como “un ardid para visibilizar e identificar a posibles candidatos a terroristas, información que facilitaba a quien creía era un agente de un servicio de inteligencia”.
Harrak, en prisión provisional desde abril de 2016 tras su detención en Palma de Mallorca, negó ante la Audiencia Nacional su pertenencia a la organización terrorista y aseguró que colaboraba con el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) para “sacar información sobre captadores en España”.
La sentencia da por probado que Harrak, tal y como este alegó en el juicio, recibió en 2014 llamadas de los servicios de inteligencia y diversos mensajes electrónicos desde una cuenta de correo que supuestamente pertenecía al CNI, donde le agradecían su “colaboración y sensibilidad” al trasladar la información que les había hecho llegar.
Según su testimonio, el CNI le dejó “muy claro” que debía ponerse en contacto con aquellos que “se veía que tenían algo que ver” con el Califato Islámico.
La sentencia entiende que entre Harrak y su supuesto contacto en el servicio de inteligencia existía una “relación vertical”, en la que Harrak recibía instrucciones del agente, lo que “desvela el sentido de las conductas que el acusado realizaba en la red”.
Pese a absolverle de los delitos de terrorismo, la Audiencia Nacional le ha condenado a tres años de cárcel después de que se le interviniera en su casa cocaína y varios objetos para su manipulación.
“Relacionando la posesión de dos balanzas de precisión con el hallazgo de 12 gramos de cocaína, más la conversaciones en las que adquiría sustancia para cortar el estupefaciente, compraba y vendía droga, podemos afirmar la hipótesis planteada por la acusación sobre la posesión para la venta de droga”, concluye la sentencia.
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