La Justicia europea exige a España igualar las indemnizaciones de temporales e indefinidos
POR EL COMUNISTA el SEPTIEMBRE 19, 2016 •
El Tribunal de Justicia de la UE cree que es discriminatorio que se cobre distinto al ser despedido en función de si el contrato es de duración determinada o no.
Todo empezó con el despido de una empleada pública interina del Ministerio de Defensa, que vio su contrato extinguido sin indemnización tras más de 10 años de trabajo, pero este caso puede convertirse en la siguiente gran ola de cambio del mercado laboral español.
A partir de lo sucedido con esta empleada pública, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha llegado a la conclusión de que baremos distintos para calcular las indemnizaciones al finalizar un contrato va contra la no discriminación entre temporales e indefinidos consagrada por la Directiva comunitaria 1999/70/CE, así que el Gobierno español tendrá que tomar medidas para ajustar el Estatuto de los Trabajadores a las disposiciones europeas.
La sentencia plantea que no sólo no deben existir diferencias en las indemnizaciones de los distintos tipos de contratos temporales (los interinos no cobran nada al ser despedidos, mientras que la mayoría de los temporales reciben 12 días por año trabajado al terminar su contrato), sino que no debe haberlas entre los temporales y los indefinidos (que cobran 20 días por año trabajado si sufren un despido objetivo, que es el que se produce –entre otras- por causas económicas, técnicas o relacionadas con la producción de la empresa).
La cuestión no es pequeña, porque afecta potencialmente a los más de 3.900.000 contratados temporales en España, pero sus efectos probablemente tardarán algo en dejarse sentir.
El Ministerio de Empleo dice estar estudiando la sentencia para ver qué consecuencias puede tener; ven más claro –según fuentes del departamento que dirige Fátima Báñez- que la sentencia exige que las indemnizaciones por despido de las distintas modalidades de temporalidad se igualen, pero no todavía cómo puede afectar al conjunto de los contratados de duración determinada, o al ordenamiento laboral español.
CCOO pide aumentar la indemnización
Para Comisiones Obreras (CCOO), la consecuencia de la sentencia ha de ser aumentar la indemnización de los temporales para igualarla con la de los indefinidos.
El sindicato, de hecho, dice que aunque el Gobierno necesita enmendar el Estatuto de los Trabajadores “de forma urgente” en este sentido, ya se puede reclamar esa indemnización: “No es necesaria ninguna reforma legal para habilitar que los tribunales puedan reconocer, en el curso de un proceso laboral, el abono de una indemnización de 20 días de salario por año de servicio ante la extinción de cualquier contrato temporal”, asegura CCOO en un comunicado.
Su secretario de Acción Sindical, Ramón Górriz, añade que “el sindicato va a poner en marcha” un mecanismo para habilitar esas reclamaciones.
Desde la universidad no lo ven tan claro. El catedrático de Derecho del Trabajo de la Universidad de Sevilla Jesús Cruz Villalón cree que, en la práctica, la sentencia supone “provocar por vía judicial un contrato único, un resultado que a corto plazo puede ser celebrado por las organizaciones sindicales, pero que a medio plazo puede ser devastador para un mercado laboral como el español, en el que hay diferencias causales justificadas para que los contratos temporales tengan un tratamiento diferenciado de los indefinidos”.
El temor, también entre fuentes sindicales, es que esta igualación dictada desde Luxemburgo se haga por abajo, es decir, equiparando la indemnización de los indefinidos a la de los temporales. Pero eso quedará para las próximas semanas o meses, cuando actúe el Gobierno, los grupos políticos y los agentes sociales.
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