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miércoles, 5 de julio de 2017

Auditores: ¿independencia o fraude? Un informe revela la opacidad de las cuatro grandes auditoras

Las cuatro auditoras tienen negocio global.

Un informe de la Izquierda Unitaria Europea revela la opacidad de las cuatro grandes auditoras mundiales

  • Los europarlamentarios de GUE encargan un informe para analizar la operativa de EY, PwC, Deloitte y KPMG, conocidas en el mundo económico como las Big Four
  • El estudio apunta cómo las cuatro auditoras no son transparentes con su actividad que operan de forma franquiciada en cada país evitando así problemas legales al difuminar la responsabilidad y la propiedad
  • Las cuatro entidades operan en 186 países de los cuales 43 son paraísos fiscales donde, aseguran los expertos, no hay población ni economía que justifique su amplia presencia
Las Big Four no son un grupo de música. 
Tampoco es un juego de naipes. Son las cuatro consultoras más grandes del mundo a considerable distancia del resto, lo que les ha valido el apodo en el mundo económico. 
Son EY (Erns&Young), PwC (PriceWaterHouseCoopers), KPMG y Deloitte. 
Su poder es muy grande por su capacidad de influencia en las empresas que auditan y a las que asesoran sobre esquemas de ingeniería fiscal, entre otras cuestiones.
Por eso, la Izquierda Unitaria Europea ha encargado un informe que estudie la operativa de estas cuatro entidades, para confirmar sus sospechas: son tremendamente opacas.
En su investigación, a la que ha tenido acceso eldiario.es, los autores (los expertos Richard Murphy y Saila Naomi Stausholm), se han encontrado con muchos problemas para identificar y seguir a estas entidades alrededor del mundo. 
En primer lugar, porque operan de forma franquiciada en cada país, con estructuras legales separadas aunque los mismos procedimientos allá donde estén.
Los autores creen que estas estructuras estancas tienen como fin crear parapetos legales que las protejan a ellas y a sus clientes.
En el caso de Deloitte, EY y PwC, la empresa que se encarga de gestionar la propiedad intelectual del negocio está radicada en Londres bajo la forma de mutualidad, en una estructura societaria propia del país que se conoce como “company limited guarantee”. 
Esta fórmula es usada por ONG o fundaciones, también por clubs o sociedades. 
Eso le permite, bajo la regulación inglesa, no estar obligado a dar prácticamente información de sus cuentas y a no tener que responder por las actividades fuera de las fronteras de sus miembros. 
Por su parte, KPMG es una cooperativa suiza, según el informe.
En total, las cuatro grandes operan en 186 jurisdicciones, algo más que países ya que algunos son territorios de ultramar conocidos por tener diferentes regímenes fiscales que los países a los que pertenecen legalmente y que son conocidas por ser paraísos fiscales. Es el caso de Bahamas o Gibraltar.
Las cuatro consultoras tienen negocios en 43 de los 53 paraísos fiscales que destaca el informe por su opacidad siendo KPMG la que tiene más presencia en estos territorios según los datos del informe.
El informe señala que el tamaño, la población y la economía de estos paraísos fiscales no justifica la presencia no de una sino de varias de estas oficinas. 
Puesto en relación con sus habitantes, el número más desproporcionado de oficinas de estas auditoras está en Bonaire (un territorio de Países Bajos), las Islas Vírgenes Británicas o Gibraltar. 
En Islandia, donde apenas viven 336.000 personas hay 23 oficinas de estas auditoras.
En Bahamas cada una de las consultoras tiene dos oficinas, excepto EY que solo tiene una. 
Las Islas Caimán, Aruba, Guernsey, Jersey o la Isla de Man son otros conocidos paraísos fiscales en los que cada auditora tienen su oficina de representación. 
Los autores del informe creen que la presencia en estas jurisdicciones tiene como fin prestar servicios ligados a esquema de elusión fiscal ligados al secretismo que garantizan estos países.
El informe detalla un dato relevante: entre PWC, Deloitte y KPMG (no han conseguido los datos de EY) tienen 579 trabajadores en las Islas Cayman, lo que supone un 2% de los trabajadores del archipiélago.
El informe reclama que estas auditoras, que en Reino Unido sin ir más lejos auditan a todas salvo una de las empresas del FTSE 100, esto es, las cien mayores empresa controladas del país, sean más transparantes e integren sus negocios de forma que sean responsables solidarios de lo que la marca hace en terceros países. 
Recuerda que el capitalismo actual se basa en parte en la confianza depositada en estas cuatro empresas que son las que dictaminan si las cuentas de una sociedad están bien o mal hechas. 
Por eso pide también que su unidad de auditoría esté mucho mejor separada del resto de negocios de consultoría que desarrolla la firma.
Durante la crisis el papel de las auditoras ha sido ampliamente criticado por haber dado el visto bueno a cuentas que luego resultaron un fiasco. En España, el caso más sonados ha sido el de Deloitte con Bankia, hasta el punto que el Gobierno cambió la ley para obligar a las cotizadas a rotar entre las auditoras. En el plano de la elusión fiscal, su nombre ha salido varias veces en Los Papeles de Panamá.
Entre las cuatro firmas facturaron en 2016, 120.000 millones de euros.

Auditores: ¿independencia o fraude?

Diversos escándalos económicos ocurridos en los últimos tiempos evidencian que el régimen de la auditoría de cuentas en España es, como mínimo, mejorable. Y debe ser mejorado dada la importancia que tiene para el buen funcionamiento del sistema económico y, en particular, del mercado financiero. 
La auditoría es una técnica de verificación contable cuya función principal es determinar si las cuentas anuales de un empresario ofrecen una imagen fiel de su situación patrimonial y financiera. Por eso tiene  gran trascendencia para una economía basada en la libertad de empresa como la española. 
Y así lo ha destacado el Tribunal Supremo en la sentencia de 8 de abril de 2008: “…el cumplimiento cabal de su función [de las sociedades auditoras] y el respeto puntual de la normativa que regula su actividad tiene, más allá del mero respeto al principio de legalidad, un interés general evidente y extraordinariamente trascendental para el sistema en su conjunto. 
Que un informe de auditoría proporcione realmente una imagen fiel de la situación económica, en todas sus vertientes, de una determinada empresa es un eslabón importante en la fiabilidad general del sistema y por lo mismo,  sensu contrario, el que tales informes no cumplan dicha finalidad puede ocasionar gravísimos perjuicios tanto a los intereses generales como a los particulares de los sujetos que adopten decisiones apoyadas en un conocimiento no preciso de la realidad de dicha empresa”.
Los dos elementos claves del sistema son la profesionalidad y la independencia de los auditores. 
La primera significa que se trata de expertos que aplican la diligencia necesaria en el desarrollo de su labor. 
Para ello se condiciona el acceso a la profesión a la obtención de una titulación universitaria, al seguimiento de programas de enseñanzas teóricas y formación práctica y a la superación de un examen de aptitud reconocido por el Estado.


La independencia exige que los auditores desarrollen su labor sin la interferencia de terceros; sobre todo de los empresarios cuyas cuentas fiscalizan. 
Para ello la ley establece una serie de mecanismos. 
En primer lugar, les prohíbe participar en los procesos de toma de decisiones de las empresas fiscalizadas. 
Segundo, se establecen determinadas causas de incompatibilidad en presencia de las cuales los auditores deben abstenerse de actuar. 
Tercero, se prevé una duración mínima y máxima del contrato de auditoría, así como la necesidad de rotación. 
Cuarto, la resolución del contrato precisa justa causa. 
Quinto, se veta a los auditores formar parte de los órganos de administración o dirección de las entidades fiscalizadas durante los dos años siguientes a la finalización del contrato. 
Sexto, los honorarios deben fijarse por anticipado y para todo el periodo en que deban desempeñar sus servicios. 
Por último, la falta de independencia constituye una infracción grave o, si media dolo o negligencia inexcusable, muy grave, sin perjuicio de que pueda generar además responsabilidad civil y, en su caso, penal.
Todas estas medidas se han revelado insuficientes. La salida a bolsa de Bankia constituye un caso paradigmático. Basta recordar que el ICAC ha sancionado a Deloitte con una multa de 12,4 millones de euros por falta de independencia y por no seguir las normas técnicas de auditoría. 
Y su ejemplo ha retrasado la privatización de AENA generando un conflicto entre los Ministerios de Economía y Competitividad y Fomento. 
Por desgracia, no es el único caso reciente en que los auditores no han detectado a tiempo los problemas de las cuentas anuales. La reputación de BDO bajó muchos enteros a raíz del caso Pescanova. 
Y tuvo que ser un analista financiero independiente, Gotham City Research, quien destapara el fraude de Gowex, que no sólo ha supuesto la cárcel para su auditor sino que ha puesto en jaque el Mercado Alternativo Bursátil español.
Buena parte de estos escándalos se explican por la situación de dependencia que tienen los auditores frente a los empresarios cuyas cuentas verifican. Y la razón no es otra que el hecho de que son los últimos los que contratan y pagan a los primeros. De ahí que un informe no satisfactorio pueda dificultar el cobro de las cantidades debidas o la pérdida de un cliente. 
Y esas circunstancias pesan mucho en cualquier empresa de auditoría; especialmente en las de grandes dimensiones cuyos administradores deben rendir cuentas a los socios. 
De ahí que cualquier reforma de la Ley de Auditoría de Cuentas -como la anunciada por el Ministro de Economía y Competitividad antes del verano- deba incidir en esa cuestión y establecer los mecanismos necesarios para conseguir que los auditores puedan gozar de la independencia necesaria para llevar a cabo su actividad en la forma deseada. Por ejemplo, creando un cuerpo de auditores contratados por el Estado quién repercutiría los gastos en los empresarios cuyas cuentas fiscalizaran a través de un arancel o de un sistema tarifario.

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