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jueves, 8 de junio de 2017

El Popular captó 27.000 pequeños ahorradores y empeñó más a otros 20.000 antes de hundirse

La caída del sexto banco español El Popular captó 27.000 pequeños ahorradores y empeñó más a otros 20.000 antes de hundirse

La larga agonía financiera de Banco Popular ha terminado provocando graves perjuicios económicos a más de 295.749 ahorradores que poseían paquetes accionariales de menos de 20.000 euros, buena parte de los cuales ha comenzado a contactar con asociaciones de consumidores y bufetes de abogados para sondear las posibilidades de reclamar en los tribunales los 482 millones de euros (el 23% del capital nominal del banco) que han visto esfumarse tras la “resolución” de la entidad por el Gobierno y su venta al Santander por un euro.
Casi la décima parte de esos pequeños accionistas, 27.892, fueron captados durante la ampliación de capital del año pasado, según revelan las estructuras accionariales del banco antes y después de esa operación que ofrecen la memoria oficial de 2016 de la entidad.
Junto con esos casi 28.000 ahorradores de nueva captación, la ampliación de capital incluyó que un mínimo de 20.000 pequeños accionistas elevaran sus participaciones, ya que, mientras la operación captaba en su conjunto a 33.047 partícipes, el tramo más bajo del accionariado, el de los partícipes con menos de 500 euros invertidos, se reducía en 19.655 (de 167.563 a 147.908) mientras crecían todos los demás.

Un banco con 295.000 pequeños inversores

Se trata del perfil más habitual de los inversores de la entidad: el 62% de los accionistas en 2015 y el 48,8% un año después tenían un máximo de mil acciones de medio euro de valor nominal. Su peso accionarial se redujo más que el numérico (del 2,15% al 1%), mientras crecían, en presencia y participación, los estratos siguientes.
El de entre 500 y 5.000 euros ganaba 32.765 miembros y alcanzaba el 10,2% del capital para superar al paquete mayoritario del 9,55% que poseía La Sindicatura, un grupo de empresarios cercanos al Opus Dei. Y el de 5.000 a 20.000 aumentaba en 14.872 partícipes que representaban el 11,8% del capital.
Esos 269.586 pequeños accionistas acumulaban 235 millones de euros (el 11,2% del capital) en paquetes de menos de 5.000 euros, mientras otros 26.163 poseían otros 247,6 (11,8%) en carteras de entre 5.000 y 20.000, según señala la última memoria de la entidad.
Por el contrario, casi una sexta parte del capital (337,8 millones, el 16,2%) se encontraba en manos de 7.036 inversores de perfil más potente (entre 20.000 y 200.000 euros), mientras 466 de carácter financiero acumulaban carteras por valor de 1.275,8 millones que el 60,8%. Ambos grupos se duplicaron con creces tras la ampliación de capital.

Más de 1.500 millones en preferentes, bonos y subordinadas

No obstante, los accionistas de Banco Popular, entre los que se encuentran los trabajadores, con acciones por valor de algo más de 80 millones de euros, no son los únicos damnificados por la operación, en la que Santander, que plantea ampliar capital por 7.000 millones para financiar la operación, gana cuatro millones de clientes, pasa a ser la entidad líder en el suculento sector de las pymes y, de paso, añade 5.226 millones en futuras deducciones fiscales a los 8.116 que ya tenía anotados en su balance.
Las cuentas de Popular mantenían al cierre del último ejercicio una anotación de 1.585 millones de euros en participaciones “convertibles, preferentes y subordinadas”, algunas de ellas en emisiones que preveían rendimientos del 8% de la inversión.
Las pérdidas sufridas por los titulares de acciones, bonos, preferentes y subordinadas, que suman un valor nominal de 3.683 millones de euros, van a ser objeto de reclamaciones judiciales, según prevén los responsables de varias asociaciones de consumidores.

Dudas jurídicas

“Estamos teniendo bastantes consultas de clientes, accionistas y gente con deuda subordinada, muchos de los cuales creían que tenían una imposición de plazo fijo”, explicaron fuentes de Adicae, organización que se muestra especialmente crítica con el MUR (Mecanismo Único de Resolución), cuya primera aplicación en la banca europea ha puesto sobre la mesa la desprotección de los consumidores. Todavía no han valorado la posibilidad de articular demandas colectivas.
“La resolución ha supuesto un severo perjuicio para los pequeños accionistas”, resaltan desde la OCU (Organización de Consumidores y Usuarios), que señalaron cómo, mientras la resolución del Popular obliga a Santander a hacerse cargo de laa demandas y reclamaciones por cláusulas suelo contra el Popular, para las que este había provisionado 229 millones de euros, “está por ver la afección en el caso de las subordinadas”.
Ambas asociaciones, lo mismo que otras como Facua o la UCA (Unión de Consumidores de Aragón) a nivel autonómico, coinciden en que la legislación ampara a los pequeños accionistas para, como consumidores, reclamar sus pérdidas.

Doble vía judicial

Fuentes jurídicas explicaron que, en el caso de los accionistas y los propietarios de productos financieros vinculados al capital de la entidad, como bonos contingentes convertibles y participaciones subordinadas y preferentes, las vías judiciales se reducen a dos.
Por una parte está la posibilidad de presentar antes de que pase un año ante un juzgado de lo Mercantil de Madrid una acción de responsabilidad contra los administradores de Banco Popular durante los últimos años para reclamarles un resarcimiento económico en caso de resultar probado que actuaron de manera irregular en la captación del capital y en su posterior gestión.
No obstante, la existencia de “hechos administrativos” como las propias órdenes de resolución de Banco Popular y de absorción por Santander abren la posibilidad de, en caso de detectar indicios de conductas delictivas como estafa o alteración de precios, plantear la causa en la jurisdicción penal mediante una querella o una denuncia ante la Audiencia Nacional.
En la vía civil, y ante una eventual condena, los administradores responderían con su patrimonio personal, ya que el Santander quedaría al margen de cualquier reclamación. La penal amplía las posibilidades de resarcimiento por parte de personas jurídicas a través de la responsabilidad civil subsidiaria.

“Cubiertas, a efectos de solvencia”

Los argumentarios de Banco Popular sobre la ampliación de capitalseñalaban que, aunque la entidad podía necesitar provisiones de hasta 4.700 millones por su exposición al ladrillo, estas quedarían “cubiertas, a efectos de solvencia, por el aumento de capital”.
El documento, que presentaba la operación como “un hito hacia la normalización de nuestra rentabilidad después de 2016 y la generación de capital futura”, aseguraba que, una vez cerrada la ampliación de capital, “a partir de 2017 seremos capaces de acelerar gradualmente el retorno a una política de dividendos en efectivo para nuestros accionistas mientras continuamos reforzando nuestros ratios de capital”. Sin embargo, el banco dejó de existir el 7 de junio de ese 2017.
Las eventuales demandas de accionistas y otros propietarios de productos financieros no son los únicos nubarrones judiciales que aparecen en el horizonte de los exadministradores de Banco Popular. Antes de su “resolución”, algunos despachos de abogados estadounidenses ya estaban estudiando la posibilidad de reclamar responsabilidades tras detectar presuntas deficiencias en las últimas cuentas de la entidad, mientras la Asociación de Accionistas Minoritarios de Empresas Cotizadas (Aemec) planteó la necesidad de una investigación sobre el hundimiento del precio de las acciones en la bolsa poco después de la ampliación. 

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