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sábado, 24 de febrero de 2018

El juez Salvador Alba, camino del banquillo por 4 delitos mientras sigue presidiendo juicios por corrupción

Salvador Alba, en el juicio del caso Faycán // Alejandro Ramos

El juez Salvador Alba, camino del banquillo por cuatro delitos mientras sigue presidiendo juicios por corrupción


  • El Tribunal Superior de Justicia de Canarias transforma las diligencias previas en procedimiento abreviado, el paso anterior a la apertura de juicio oral
  • La instructora remite el auto, que aún se puede recurrir, al Poder Judicial, que mantiene en suspenso una propuesta para expulsar a Alba
Procesan al juez Alba por el caso de la exdiputada de Podemos Victoria Rosell – publico.es

La magistrada de la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) Margarita Varona ha dado por finalizada la instrucción abierta en mayo de 2016 contra el juez Salvador Alba, a quien le imputa cuatro delitos: prevaricación judicial, cohecho, falsedad y revelación de secretos. 
En estas diligencias se han investigado las actuaciones ejecutadas por Alba para perjudicar la carrera política y profesional de Victoria Rosell, a quien sustituyó al frente del Juzgado de Instrucción 8 de Las Palmas de Gran Canaria cuando la jueza solicitó la excedencia para presentarse como candidata a diputada en las elecciones generales de diciembre de 2015 en las listas de Podemos.
En un auto notificado este jueves a las partes, la instructora transforma las diligencias previas en procedimiento abreviado, el paso anterior a la apertura del juicio oral contra Alba, que mientras tanto sigue juzgando casos de corrupción en las Islas, como el de Faycán, una trama para el cobro de comisiones ilegales por la que están encausados dos exalcaldes del PP de Telde, la segunda ciudad en importancia de la isla de Gran Canaria.
El TSJC abre ahora un plazo de diez días para que las partes personadas formulen sus escritos de acusación o pidan el archivo de las actuaciones y la absolución del magistrado. A Alba se le investigaba por la presunta comisión de seis delitos.
 El auto dictado este jueves deja fuera el de negociaciones prohibidas a funcionarios públicos, el único interesado por la Fiscalía, y el de tráfico de influencias, por el que también permanecía en calidad de investigado el empresario Miguel Ángel Ramírez, que aportó a los juzgados la grabación de la conversación que mantuvo con Alba en el despacho del juez, donde se destapa el plan urdido en contra de la magistrada Victoria Rosell. Las diligencias contra el presidente de Seguridad Integral Canaria han sido archivadas.
La jueza instructora ha ordenado además la remisión del auto de apertura de procedimiento abreviado al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a los efectos que procedan. El pleno del órgano de gobierno de los jueces dejó en suspenso en mayo del año pasado la propuesta de separación (expulsión) de la carrera judicial formulada por el promotor de la Acción Disciplinaria por los mismos hechos hasta que se resolviera el proceso penal, esto es, hasta que se cerrara en firme con una sentencia.
Sin embargo, según han explicado este jueves fuentes del TSJC, el Poder Judicial deberá determinar ahora si el auto dictado este jueves es suficiente para ordenar la suspensión cautelar del juez investigado, lo que podría conllevar incluso la anulación del juicio que se viene celebrando en la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas desde el mes de enero por el caso Faycán, con el propio Alba como presidente del tribunal.
La última sesión está prevista para el 13 de marzo, con la lectura de las conclusiones de las partes. En cualquier caso, el auto de procedimiento abreviado es susceptible de recurso.

Los hechos

Según relata la magistrada Margarita Varona en los antecedentes de hecho, fue Salvador Alba quien solicitó reunirse con Miguel Ángel Ramírez, a quien investigaba por un presunto delito fiscal, para obtener información y documentación de las relaciones comerciales entre sus empresas y la sociedad periodística de la pareja de Rosell,  Carlos Sosa, director de Canarias Ahora, con el objetivo de tratar de introducir una causa de nulidad en el procedimiento, una supuesta infracción del deber de abstención de la jueza.
La reunión se celebró el 16 de marzo de 2016 en el despacho de Alba en la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas, donde tiene su plaza. El juez dio incluso autorización al empresario para que accediese a estas dependencias a través de un circuito restringido de la Ciudad de la Justicia de Las Palmas de Gran Canaria. La conversación fue grabada por Ramírez, que dos meses después la aportó en el mismo juzgado.
En ese encuentro, el magistrado se interesó por las relaciones y los contratos entre Ramírez y Sosa a pesar de que eran “ajenos al procedimiento y hechos que investigaba”, los presuntos delitos fiscales que habría cometido el primero como presidente de Seguridad Integral Canaria. 
Alba solicitó incluso al empresario documentación para incorporarlas a las diligencias y maquinó con él los términos de una declaración en sede judicial que acabaría teniendo lugar una semana después, el 23 de marzo.
Varona remarca en su auto que, a modo de “expresión gráfica” de las intenciones de Alba al concertar esa reunión con el empresario, el juez le manifestó a su interlocutor que podía “cargarse” las actuaciones practicadas por Rosell, lo que conduciría de forma inmediata al archivo de la causa contra Ramírez, y que la Fiscalía “se tendría que joder”.
“Para dar cobertura procesal al acuerdo alcanzado y a la finalidad perseguida por el magistrado de perjudicar a quien había sido su compañera de profesión, y siendo consciente de la trascendencia que este acuerdo con el seños Ramírez y el compromiso adquirido por este de declarar sobre aquellas relaciones y aportar los documentos relativos a las mismas podía tener en la admisión a trámite de la querella interpuesta por (el exministro y expresidente del PP de Canarias) José Manuel Soria contra Victoria Rosell y del perjuicio que para ella se derivaría, Alba dictó la providencia de fecha 18 de marzo de 2016 por virtud de la cual acordó, sin que conste la urgencia para ello y tal y como ya le había comunicado a Ramírez, que se anticipara la citación telefónica de las partes y de aquel para que compareciera a declarar el día 23 de marzo de 2016”, recuerda la jueza.
En esa declaración pactada del día 23, Alba se limitó a interrogar a Ramírez exclusivamente por sus relaciones comerciales con la pareja de Rosell, “relaciones ajenas a los hechos y delitos objeto de la querella y de la investigación judicial”.

Informes falsos

El delito de falsedad que la jueza instructora imputa a Alba está relacionado con la remisión de informes a la Fiscalía Provincial de Las Palmas, al Consejo General del Poder Judicial y al Tribunal Supremo, este último clave para que se admitiera a trámite la querella, finalmente archivada, que presentó José Manuel Soria contra Rosell, rivales en las elecciones de diciembre de 2015. 
Según la instructora del TSJC, Alba expuso hechos inciertos en esos documentos, como atribuir a su predecesora en el Juzgado de Instrucción 8 de la capital grancanaria una irregularidad que consistía en haber retenido durante 22 meses, sin trasladarlo a las partes, un pen drive con información relevante para el procedimiento.
A raíz de esta investigación, el TSJC ha detectado otras falsedades en los informes elevados por Alba al Poder Judicial o al Supremo, como decir fue Ramírez quien se personó en dependencias judiciales para hablar con él (cuando incluso había ordenado que accediera a su despacho por un circuito restringido) o que había informado a la fiscal, Evangelina Ríos, de su reunión con el empresario.
Alba también acusó a Rosell de no haberse pronunciado sobre varias solicitudes en el procedimiento (de imposición de fianza, prácticas de diligencia o ampliación de imputación) ocultando un dato clave, que la jueza había explicado en un auto que todas esas diligencias se encontraban paralizadas porque estaba a la espera de que la Agencia Tributaria y la Tesorería de la Seguridad Social emitiesen informes “indispensables” para la causa. Tampoco reflejó en esos informes que Rosell había practicado en la causa contra Miguel Ángel Ramírez un buen número de declaraciones testificales, “atribuyéndose el mérito de haber realizado la mayoría de diligencias de prueba”.
En el caso concreto del informe remitido al Supremo, Varona explica que Alba informó de cuestiones que no guardaban ninguna relación con lo que le había solicitado el alto tribunal español y que, aun así, fue clave para que fuera admitida a trámite la querella de Soria contra Rosell. 
En la reunión grabada en el despacho del juez, Ramírez presume de sus buenas relaciones con el entonces ministro y Alba le reconoce que la declaración en sede judicial que preparan en ese momento favorecerá la acción judicial del exministro contra la jueza.

Revelación de secretos

La instructora considera acreditado que Alba facilitó una copia de la declaración que Ramírez prestó en el juzgado el 23 de marzo al periodista de El Mundo Fernando Lázaro, al que le une “una relación personal”, con la finalidad de que fuera divulgada, como finalmente ocurrió dos días después en la portada del mencionado diario de tirada nacional. 
Con ello, el juez se aseguraba de que las noticias perjudiciales para Rosell tuvieran “mayor alcance”, expone el auto.
Con respecto a Miguel Ángel Ramírez, Varona descarta el delito de tráfico de influencias. 
Aunque reconoce que el empresario trató de ganarse la confianza del juez “conociendo sus pretensiones” e intentó predisponerlo para que acordara la nulidad de las actuaciones en su contra, incluso haciendo gala de sus buenas relaciones con, entre otros, el exministro Soria, la instructora del TSJC considera que Ramírez no ostentaba una posición de prevalencia sobre el magistrado, sino que era este quien estaba interesado en obtener información y documentación. 
Del “tono informal” de la conversación no se desprende un intento del empresario de influir en el juez que en esas fechas lo investigaba, concluye.

Penas para los delitos imputados a Alba

Las penas previstas en el Código Penal para los delitos imputados a Salvador Alba por la jueza instructora son las siguientes:
  • Prevaricación judicial: multa de 12 a 24 meses e inhabilitación para empleo o cargo público por un tiempo de 10 a 20 años.
  • Cohecho: prisión de 3 a 6 años, multa de 12 a 24 meses e inhabilitación para empleo o cargo público de 9 a 12 años.
  • Falsedad: prisión de 3 a 6 años, multa de 6 a 24 meses e inhabilitación de 2 a 6 años.
Revelación de secretos: multa de 12 a 18 meses e inhabilitación de uno a tres años.  
Si de la revelación resultara un daño grave para la causa pública o para un tercero, la pena será de prisión de uno a tres años y de inhabilitación de tres a cinco años.

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