La estafa del endeudamiento (saqueo) macrista: odioso, ilegítimo e insostenible
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- noviembre 21º, 2016
Punto de partida: ¿Endeudamiento o saqueo?
Cristina Fernández de Kirchner en carta al Presidente Mauricio Macri titulada “No es mi mamá, es tu papá y vos también”, expresó conceptos medulares en relación a la deuda externa.
Afirmó la ex mandataria: “Deuda de la “patria contratista” y otras yerbas que todavía estamos pagando…
Desde el blindaje mediático para los que vaciaron el país en el 2001 y se fueron con más de 30 muertos en las Plazas de la Republica hasta el encubrimiento -en el más literal sentido de la palabra- de este Gobierno de ricos y endeudadores seriales, donde todos los días nos enteramos que funcionarios y hasta legisladores son dueños o socios o representantes de las empresas que les toca regular y controlar.
El escándalo de estar de los dos lados del mostrador y su inevitable consecuencia: el saqueo. ¿Sino contanos como es que se puede endeudar el país en menos de un año por casi el 50% de su PBI?“.
En efecto, el pueblo argentino está siendo víctima de un verdadero saqueo de dimensiones desconocidas. Es la consecuencia de la corrupción sistémica de la que hablaba Aldo Ferrer para caracterizar las administraciones neoliberales y la estafa que representan a los intereses populares y la viabilidad de la República Argentina como Nación soberana.
A propósito, nuestro Observatorio lanzó una medición de dicha corrupción a través del Indicador Bolsos (IBO), el cual arroja unos 33.666 bolsos -cada uno con 3 millones de dólares- saqueados a los 42 millones de compatriotas (ver bibliografía). Pero volvamos a la carta de Cristina Kirchner.
En relación al “saqueo” denunciado, preguntó la Presidenta a Macri: “¿Vendrá alguna vez un Gobierno que privatice la deuda externa? ¿O la tendrá que pagar otra vez el Pueblo como en el 2001? Interrogantes que uno se plantea después de ver que -como el cangrejo- el país va otra vez para atrás”. Primera vez en la historia que un ex Presidente cuestiona a un Presidente de turno y electo por el voto popular, en su responsabilidad por endeudar a la población e hipotecar su presente y porvenir.
OETEC toma los simples pero estratégicos interrogantes de Cristina Kirchner. El neoliberalismo estatiza la deuda externa (y socializa la deuda privada del establishment local); lo hace a fondo, sin tapujos ni bemoles.
Cuenta con mecanismos políticos, culturales, jurídicos y constitucionales para hacerlo. ¿Es posible construir los mecanismos para ir en sentido inverso?
¿Será que “privatizar la deuda” es la solución para el fin de ciclo del endeudamiento recurrente y deliberado, piedra angular del saqueo bicentenario contra el pueblo argentino?
O, como pregunta la Presidenta, volverá a pagar otra vez el Pueblo como en 2001. Sea como sea, se impone terminar con este perverso ciclo del endeudamiento como saqueo. “Volver y ser mejores”, aprisionados por la deuda contraída por la “patria contratista” del siglo XXI resulta una quimera.
Corrupción sistémica y endeudamiento “odioso”
Aldo Ferrer explica que la corrupción sistémica “consiste, principalmente, en adoptar decisiones y políticas que generan rentas privadas que perjudican el interés público. Las mismas suelen estar sectorialmente orientadas, por ejemplo, en normas referidas al sector financiero. De tal modo, es en esos sectores en donde se producen los hechos más graves”.
Aplicando su definición al caso argentino, agregó que “son ejemplos notorios de corrupción sistémica, la imposición, en varios períodos, de un tipo de cambio sobrevaluado y la desregulación de los movimientos de capitales que culminaron en el endeudamiento hasta el límite de la insolvencia, generaron una masa gigantesca de rentas especulativas y fuga de capitales y deterioraron el aparato productivo y la situación social”.
Coincidimos con sus conceptos y planteamos, en consecuencia, que una política de desendeudamiento aplicada contra una deuda “odiosa e ilegítima” es, ante todo, una política de lucha contra la corrupción que esclaviza pueblos y naciones, y que en la Argentina nos impide, 206 años después de la Revolución de Mayo superar las causas estructurales de nuestro subdesarrollo. Pero, ¿qué es una deuda “odiosa e ilegítima”?
Introducción a la Doctrina de la “Deuda odiosa”
Especialistas internacionales atribuyen la paternidad de dicha doctrina al jurista ruso Alexander Nahum Sack (Moscú 1890 – Nueva York 1955).
En su célebre libro (ver bibliografía) se lee: “Si un poder despótico contrata una deuda, y ésta no tiene como finalidad las necesidades y los intereses del Estado, y sirve para fortalecer su régimen despótico, para reprimir a la población que lo combate, etc., esta deuda es odiosa para la población del Estado entero. Esta deuda no es obligatoria para la nación; es una deuda de régimen, deuda personal del poder que lo contrató, por consiguiente cae con la caída de este poder”.
Pero de la misma manera que en materia de corrupción existe siempre un corruptor -aunque la cultura neoliberal lo niegue-, los procesos de endeudamiento tienen siempre un acreedor. Sack afirma al respecto que “Los acreedores han cometido un acto hostil hacia el pueblo” cuando prestan a dichos regímenes, y por tanto “no pueden… contar con que la nación liberada de un poder despótico asuma las deudas odiosas, que son deudas personales de ese poder”.
Ahora bien, ¿es la naturaleza del deudor -gobierno de facto, despótico, republicano, etc.- condición sine que non para caracterizar de “odiosa” una determinada “deuda”?
La definición impuesta por la literatura neoliberal quiso restringir la doctrina de la “deuda odiosa” a un gobierno ilegítimo y anticonstitucional, tergiversando a Sack y omitiendo esto que sigue, del mismo autor: “… para que una deuda regularmente contratada por un gobierno regular pueda estar considerada como indiscutiblemente odiosa, con todas las consecuencias indicadas que resultan de eso, convendría que estén establecidas las condiciones siguientes” (obra citada, Pág. 165). Las condiciones son (los subrayados nos pertenecen):
“1) El nuevo gobierno debería probar y un tribunal internacional reconocer como establecido: -Que las necesidades, a causa de las cuales el anterior gobierno había contraído la deuda en cuestión, eran odiosas y francamente contrarias a los intereses de la población de todo o parte del antiguo territorio; y -Que los acreedores, en el momento de la emisión del préstamo, habían estado al corriente de su destino odioso.
2) Establecidos estos dos puntos, correspondería a los acreedores la tarea de probar que los fondos producidos por los citados préstamos habían sido, de hecho, utilizados no para necesidades odiosas, dañinas para la población de todo o parte del Estado, sino para necesidades generales o especiales de ese Estado, que no ofrecen un carácter odioso”.
En primer lugar y como puede apreciarse, las “deudas odiosas” pueden ser atribuidas a un “gobierno regular”.
Y según define el propio jurista ruso, “Se debe considerar como gobierno regular el poder supremo que existe efectivamente en los límites de un territorio determinado.
Que ese poder sea monárquico (absoluto o limitado) o republicano; que proceda de la gracia de Dios o de la voluntad del pueblo; que exprese la voluntad del pueblo o no, del pueblo entero o solo de una parte de éste; que haya sido establecido legalmente o no, etc., todo eso no tiene importancia para el problema que nos ocupa“.
Es decir, un gobierno que emana de la voluntad popular también puede contraer una deuda “odiosa”, entendiendo como tal a toda deuda contraída para satisfacer necesidades, mantener o consolidar intereses contrarios a los de la población involucrada.
En segundo lugar, si al momento de generarse los fondos (del préstamo), los acreedores fueron conscientes de que en nada se beneficiaría la ciudadanía ni el Estado, aquí la otra condición para considerar a dicha deuda una “odiosa”.
Al respecto preguntamos: ¿A dónde fueron a parar los más de 50.000 millones de dólares de deuda macrista? Porque el pueblo argentino no sólo no vio un centavo, sino que cada dólar de nueva deuda se destinó a minar un derecho conquistado, a restar una garantía asegurada durante los últimos doce años.
¿Y sobre los acreedores? ¿Los fondos buitre reinvirtieron en el país y su gente en función de las “necesidades generales o especiales” del Estado? ¿Sabía Paul Singer que el pago a su fondo no redundaría en ningún beneficio para los 42 millones de habitantes?
El FMI y la Doctrina de la “Deuda odiosa”
Desde Sack a esta parte, la doctrina de la “Deuda odiosa” recibió innumerable cantidad de aportes, extendiendo los alcances de la misma y adaptándolos a los nuevos tiempos.
Incluso el FMI se explayó al respecto aunque, como se verá, con una pequeña y sutil trampita a cuestas.
Portal del FMI dedicado a analizar la Doctrina de la Deuda odiosa. Como con la corrupción, donde esconden siempre el rol del corruptor -sobre todo si es privado- en materia de endeudamiento se omite hablar de la responsabilidad del acreedor. Llamativamente, no lo hace el FMI, aunque achica la aplicabilidad de esta doctrina a gobiernos dictatoriales y a la cuestión del consentimiento ciudadano.
Se lee en la introducción del Fondo: “Muchos países en desarrollo cargan con las deudas incurridas por gobernantes que se endeudaron sin el consentimiento del pueblo y usaron los fondos para reprimirlo, o en beneficio personal.
Nos parece que se justificaría un nuevo enfoque para evitar que los dictadores se endeuden, saqueen y traspasen la deuda a la población” (ver bibliografía).
Se advierte una absoluta tergiversación (subrayados nuestros) de la definición de Sack, cuando no una restricción caprichosa a gobiernos “dictatoriales”, por lo general y como es sabido, caracterización que sólo puede emerger de Naciones Unidas o de parlamentos del norte occidental.
Apenas seguido, aparece la definición de “Deuda Odiosa”, entendida como toda “deuda soberana incurrida sin el consentimiento del pueblo y que no lo beneficia”, agregando que esta deuda debe ser considerada como “odiosa y no debe ser transferible a un gobierno sucesor, sobre todo si los acreedores conocían de antemano estos hechos”.
El “consentimiento” popular (permitir o aceptar algo de forma consciente) tampoco fue condición para Sack.
Si bien no deja de ser interesante la inclusión de los acreedores, la restricción o sesgo no sólo resulta inaceptable desde el punto de vista de Sack, sino especialmente de la doctrina jurídica de la “Deuda Odiosa” que se está imponiendo en el mundo a la luz del resurgir del terrorismo financiero con los fondos buitre a la cabeza.
El economista Jeff King en su célebre libro, se fundamenta en tres criterios para considerar como “odiosa” a una deuda: falta de consentimiento, ausencia de beneficio y conocimiento de los acreedores.
Cabe resaltar que muchos de los argumentos de King resultan oportunos, pero también insuficientes. Por ejemplo, para este economista -y acá coincide con el FMI- que un gobierno se haya instaurado mediante elecciones libres es razón suficiente para que sus deudas jamás puedan considerarse odiosas.
Como se verá a posteriori, gobiernos electos por el voto popular también pueden violar los derechos humanos de la población que dicen representar y querer beneficiar.
Se lee en un pasaje del informe: “El Tercer MoU que acompaña al acuerdo de préstamo de agosto de 2015, igual que los previos de 2010 y 2012, transfiere el peso de los ajustes estructurales a la sociedad griega.
http://www.oetec.org/nota.php?id=2198&area=21
“Deuda odiosa e ilegítima (e insostenible)” en el siglo XXI
La ONG “Comité para la Abolición de las Deudas Ilegítimas” (CADTM), establece y define cuatro tipos de “deuda” (subrayados del autor):
Deuda ilegal: “Una deuda en cuya contratación no se siguieron los procedimientos legales apropiados, incluidos aquellos relativos a la autoridad para firmar o aprobar préstamos, títulos de deuda o garantías por parte de sectores o sucursales representantes del gobierno del Estado prestatario.
También cuando hubiera una clara mala conducta del prestamista, que incluya sobornos, coerción o una influencia indebida, así como una deuda contraída en violación de leyes nacionales o internacionales, o que implicara condiciones que contravinieran las leyes o las políticas públicas”.
Deuda odiosa: “Una deuda contraída con unos prestamistas que conocían o deberían haber conocido que se estaba incurriendo en una violación de los principios democráticos -consentimiento, participación, transparencia y responsabilidad-, y que dicha deuda sería utilizada en contra de los intereses legítimos de la población del Estado prestatario.
También lo es aquella que sea excesiva y cuyos pago implique la negación de los derechos fundamentales de la población, tanto civiles como políticos, económicos y sociales“.
Deuda ilegítima: “Una deuda de la que no se puede exigir su reembolso ya que el préstamo, fianzas o garantías, o los términos y condiciones de ese préstamo, títulos o garantías infringieron las leyes (tanto nacionales como internacionales), o porque esos términos o condiciones del préstamo, títulos o garantías eran extremadamente injustos, no razonables, inadmisibles o, de alguna manera, objetables.
Tampoco debería pagarse si las condiciones del préstamo, títulos o garantías incluyeran medidas políticas que violasen leyes o derechos humanos, o porque el préstamo, títulos o garantías no se hubieran utilizado en beneficio de la población. Por último, cuando una deuda provenga del sector privado (comercial) y se convierta en deuda pública bajo presión para que se rescate a los acreedores privados.
Deuda insostenible: “Una deuda cuyo pago implica un serio perjuicio a la capacidad del Estado prestatario para cumplir con sus obligaciones referentes a los derechos humanos básicos, tales como los relacionados con la salud, la educación, el agua, las redes de saneamiento y la vivienda digna, o para invertir en infraestructura pública y programas necesarios para el desarrollo económico y social, o con serias consecuencias para la población del Estado prestatario que incluyan el deterioro en las condiciones de vida.
Esa deuda puede ser reembolsable pero ese reembolso debe ser suspendido con el fin de permitir al Estado cumplir con su compromiso con los derechos humanos”.
“Deuda odiosa e ilegítima (e insostenible)” en el siglo XXI: el aporte de Grecia
Censurado por la gran prensa hegemónica, la ex Presidenta del parlamento griego, Zoe Konstantopoulou, creó en abril de 2015 el “Comité especial del Parlamento para investigar la verdad sobre el origen y el aumento de la deuda pública griega, para auditar la deuda y para promocionar la cooperación internacional del Parlamento griego con el Parlamento Europeo, con los parlamentos de otros países y con Organizaciones Internacionales en materia de deuda” (ver bibliografía).
La iniciativa del parlamento griego de 2015 debió convertirse en asociación ante los embates de la Troika y del gobierno de Tsipras. El Presidente griego ordenó eliminar todo vestigio del Comité de Auditoría de la Deuda del portal oficial del Parlamento.
En el manifiesto del Comité creado por Konstantopoulou -y que cualquier coincidencia con la Argentina macrista es pura casualidad- se lee:
“Desde mayo de 2010 se ha implementado en Grecia un programa macroeconómico de ajuste estructural, como condición para acceder a los préstamos del Fondo Monetario Internacional, de la Comisión Europea y del Banco Central Europeo, con el objetivo de reducir el déficit presupuestario.
Dicho programa consiste en medidas políticas que involucran un profundo recorte en los gastos públicos, despidos de empleados públicos, aumentos de impuestos, privatizaciones y reformas estructurales, cuyo objetivo aparente es reducir el déficit fiscal del país y llevar la deuda pública a niveles sostenibles.
Sin embargo, estas medidas, muy recomendadas por las instancias internacionales, llevaron a la economía griega a una profunda recesión -la más larga experimentada en Europa en tiempos de paz- llevando a millones de griegos a la pobreza, el desempleo y la exclusión social, socavando de manera ignominiosa el ejercicio de los derechos humanos, particularmente los derechos económicos y sociales, y el funcionamiento de los servicios públicos e infraestructura (escuelas, hospitales, tribunales, que a lo largo y ancho del país fueron cerrados o fusionados para garantizar esos recortes de los gastos públicos)”.
Debajo, los dos videos que el Comité apenas constituido expuso en el Parlamento, explicativos de la estafa del endeudamiento griego:
Subtitulado en inglés (aparece a poco de comenzado). Los videos llevan esta leyenda: Después de formar el Comité para la Verdad con el objetivo de investigar los acuerdos de rescate de Grecia y realizar una auditoría de la deuda pública, la Presidenta del Parlamento griego Zoe Konstantopoulou lanzó estos dos videos”.
La reestructuración de deudas soberanas y la deuda griega odiosa, ilegal, ilegítima e insostenible
En octubre de 2015, el Comité para la Verdad sobre la Deuda Pública griega publicó su informe más importante y revelador. Allí demostró palmariamente “que la mayor parte de la deuda griega post-2009 era de hecho deuda privada convertida en deuda soberana.
Los mismos países e instituciones que convirtieron deuda privada en pública después entraron en una serie de acuerdos de préstamos y Memorándums de Entendimiento (MoU) del 2010 en adelante, la mayor parte del cual fue usada para repagar la antes mencionada deuda y sus intereses, mientras al mismo tiempo se imponían condiciones de extrema austeridad a la población griega” (ver bibliografía).
Se lee en un pasaje del informe: “El Tercer MoU que acompaña al acuerdo de préstamo de agosto de 2015, igual que los previos de 2010 y 2012, transfiere el peso de los ajustes estructurales a la sociedad griega.
Como resultado, el Tercer Mou incrementará la pobreza, la polarización de clase y la exclusión social.
Un ejemplo característico de esto es que aunque las demandas de los acreedores prevén ampliar la base impositiva, lidiar con la evasión de impuestos, etc., al mismo tiempo persiguen la eliminación del 26% de los impuestos en las transacciones transfronterizas”.
Cualquier coincidencia con la Argentina saqueada por Cambiemos y los fondos buitre es pura casualidad.
El Comité del parlamento griego que auditó el proceso de endeudamiento en su país basó sus conclusiones en la propuesta argentina aprobada por Naciones Unidas. Cabe recordar los resultados de la votación. A favor: 136 países. En contra: EEUU, Israel, Inglaterra, Alemania, Canadá y Japón. El noveno principio de la Resolución para los procesos de reestructuración de deudas soberanas, vergonzosamente violado por el macrismo, sostiene que “La reestructuración por mayoría implica que los acuerdos de reestructuración de la deuda soberana que sean aprobados por una mayoría cualificada de los acreedores de un Estado no se verán afectados, perjudicados u obstaculizados de otro modo por otros Estados o por una minoría no representativa de acreedores, que deben respetar las decisiones adoptadas por la mayoría de los acreedores…”.
Fuente: Elaboración OETEC. Centro de Economía Política Argentina (CEPA) – Promedio Gran Buenos Aires y Región Pampeana. Universidad Católica Argentina – Observatorio de la Deuda Social Argentina – Barómetro de la Deuda Social Argentina.
Fuente: Elaboración OETEC. Variación de empleos acumulados respecto a noviembre de 2015. MTEySS, SSPEyEL, Observatorio de Empleo y Dinámica Empresarial, sobre la base de registros administrativos de los sistemas de la seguridad social (AFIP).
Fuente: Elaboración OETEC. Estimador Mensual de Actividad Económica (EMAE) – Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). Producto Bruto Interno (PBI) – Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).
Fuente: Elaboración OETEC. Formación de activos externos del sector privado no financiero. Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) – Banco Central de la República Argentina (BCRA).
Fuente: Elaboración OETEC. Ventas en comercios minoristas medidas en cantidades (volúmenes) – Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME).
Fuente: Elaboración OETEC. Estimador Mensual Industrial (EMI) – Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).
Fuente: Elaboración OETEC. El Indicador Sintético de la Actividad de la Construcción (ISAC) muestra la evolución del sector tomando como referencia la demanda de insumos requeridos en la construcción. A cada uno de los insumos considerados se le asigna la ponderación del año base 2004.
Néstor Kirchner en Naciones Unidas, septiembre de 2003.
Ahora bien, al llegar a las conclusiones del informe del Comité, nos topamos con la cita a la “Resolución de la Asamblea General de la ONU sobre la reestructuración de la deuda soberana… resolución [que] recibió 136 votos a favor, solo 6 en contra y 41 abstenciones…”.
En función de aquella resolución, el Comité concluyó que:
1) “El Tercer MoU y el acuerdo de préstamo de agosto de 2015 son ilegales, ilegítimos y odiosos porque son incapaces de reconocer el carácter ilegal, ilegítimo y odioso de la deuda griega existente, así como la naturaleza odiosa, ilegal e ilegítima de los procedimientos por los que esta deuda fue financiada desde 2010 hasta a inicios de 2015”.
2) “El Tercer MoU y el acuerdo de préstamo de agosto de 2015 violan los derechos humanos fundamentales del pueblo griego (tanto civiles como políticos así como derechos socio-económicos) así como están dispuestos en la Constitución de Grecia y en el derecho internacional (basado en tratados y en derecho consuetudinario)”.
3) “Desde el ascenso al poder del gobierno de SYRIZA-ANEL y hasta su acuerdo político con los acreedores de Grecia, hubo un nivel de coacción sin precedentes e interferencia directa en los asuntos domésticos de Grecia (incluyendo amenazas al pueblo griego) con vistas a asustar al Gobierno griego y a su pueblo con tal de que aceptaran los términos de los acreedores”.
El Comité del parlamento griego que auditó el proceso de endeudamiento en su país basó sus conclusiones en la propuesta argentina aprobada por Naciones Unidas. Cabe recordar los resultados de la votación. A favor: 136 países. En contra: EEUU, Israel, Inglaterra, Alemania, Canadá y Japón. El noveno principio de la Resolución para los procesos de reestructuración de deudas soberanas, vergonzosamente violado por el macrismo, sostiene que “La reestructuración por mayoría implica que los acuerdos de reestructuración de la deuda soberana que sean aprobados por una mayoría cualificada de los acreedores de un Estado no se verán afectados, perjudicados u obstaculizados de otro modo por otros Estados o por una minoría no representativa de acreedores, que deben respetar las decisiones adoptadas por la mayoría de los acreedores…”.
“Deuda odiosa e ilegítima (e insostenible)” en el siglo XXI: el saqueo macrista
En el excelente libro de Eric Calcagno “La Nueva Deuda Externa explicada a todos”, se recuerda que, conforme la base de datos del Banco Mundial, la deuda contraída durante la dictadura fue utilizada en un 44% para el financiamiento de la exportación y la fuga de capitales por agentes privados, nacionales y extranjeros; en un 33% para el pago de intereses a la banca extranjera, y en un 23% para la compra de material bélico para las fuerzas armadas y otras importaciones no registradas.
En el excelente libro de Eric Calcagno “La Nueva Deuda Externa explicada a todos”, se recuerda que, conforme la base de datos del Banco Mundial, la deuda contraída durante la dictadura fue utilizada en un 44% para el financiamiento de la exportación y la fuga de capitales por agentes privados, nacionales y extranjeros; en un 33% para el pago de intereses a la banca extranjera, y en un 23% para la compra de material bélico para las fuerzas armadas y otras importaciones no registradas.
¿Y ahora? ¿Todavía no se han calculado los porcentajes de la estafa del endeudamiento macrista? Según el Ministerio de Hacienda, llevamos 50.856 millones de dólares de deuda contraída por el Sector Público Nacional entre enero y el 10 de noviembre de 2016. A los efectos de contribuir en la dilucidación del saqueo que el nuevo proceso de endeudamiento macrista significa para el pueblo argentino y el normal funcionamiento de un Estado garante de la seguridad jurídica y los derechos humanos de sus habitantes, los gráficos que siguen (en los casos donde corresponde, las curvas azules reflejan variaciones interanuales acumuladas):
Pobreza vs. endeudamiento
Fuente: Elaboración OETEC. Centro de Economía Política Argentina (CEPA) – Promedio Gran Buenos Aires y Región Pampeana. Universidad Católica Argentina – Observatorio de la Deuda Social Argentina – Barómetro de la Deuda Social Argentina.
Empleo vs. endeudamiento
Fuente: Elaboración OETEC. Variación de empleos acumulados respecto a noviembre de 2015. MTEySS, SSPEyEL, Observatorio de Empleo y Dinámica Empresarial, sobre la base de registros administrativos de los sistemas de la seguridad social (AFIP).
Actividad económica vs. endeudamiento
Fuente: Elaboración OETEC. Estimador Mensual de Actividad Económica (EMAE) – Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). Producto Bruto Interno (PBI) – Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).
Fuga de capitales vs. endeudamiento
Fuente: Elaboración OETEC. Formación de activos externos del sector privado no financiero. Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) – Banco Central de la República Argentina (BCRA).
Consumo vs. endeudamiento
Fuente: Elaboración OETEC. Ventas en comercios minoristas medidas en cantidades (volúmenes) – Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME).
Industria vs. endeudamiento
Fuente: Elaboración OETEC. Estimador Mensual Industrial (EMI) – Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).
Construcción vs. endeudamiento
Fuente: Elaboración OETEC. El Indicador Sintético de la Actividad de la Construcción (ISAC) muestra la evolución del sector tomando como referencia la demanda de insumos requeridos en la construcción. A cada uno de los insumos considerados se le asigna la ponderación del año base 2004.
Resulta imposible de desconocer que el endeudamiento ocurrido entre enero y noviembre de 2016 socava los derechos humanos del pueblo argentino. A propósito, algunos autores sostienen que los análisis de sostenibilidad de deuda deben ligarse a la capacidad de un país para alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM). Sin embargo, otros especialistas, como es el caso del Director del prestigioso Centre for International Sustainable Development Law (CISDL), Ashfaq Khalfan, señala que el mejor enfoque para la aplicación de la doctrina de Deuda odiosa debe hacerse desde los derechos humanos, porque “la meta fijada por las normas de derechos humanos es la de asegurar, tan pronto como sea posible, que cada persona cuente al menos con acceso básico a derechos tales como la alimentación, el agua y el saneamiento, en contraste con el objetivo de los ODM de reducir a la mitad la proporción de la población que no cuenta con dicho acceso” (ver bibliografía).
¿Acaso los más de 50.000 millones de dólares de nueva deuda mejoraron los derechos humanos de la población? ¿O vamos a creer que las obras de infraestructura inauguradas por el Presidente forman parte de su gestión y fueron financiadas por su administración (ver bibliografía para el último ejemplo, el de la planta potabilizadora en El Impenetrable chaqueño)?
El General San Martín y el rol del Instituto Sampay
Antes de cerrar, resulta clave recordar, como oportunamente realizó el Dr. Jorge Cholvis -miembro del Instituto Arturo E. Sampay-, que el Estatuto Provisorio sancionado por el General San Martín en 1821, en su carácter de “Protector de la libertad del Perú”, fue el primer documento de la historia contemporánea en instituir al más alto rango normativo el concepto de deuda odiosa. Textualmente del Estatuto: “Animado el Gobierno de un sentimiento de justicia y equidad, reconoce todas las deudas del gobierno español que no hayan sido contraídas para mantener la esclavitud del Perú, y hostilizar a los demás pueblos independientes de América” (ver bibliografía). San Martín, emulando la Constitución de los Estados Unidos de 1787 (1), rechazaba expresamente toda deuda contraída en contra de los intereses populares.
Antes de cerrar, resulta clave recordar, como oportunamente realizó el Dr. Jorge Cholvis -miembro del Instituto Arturo E. Sampay-, que el Estatuto Provisorio sancionado por el General San Martín en 1821, en su carácter de “Protector de la libertad del Perú”, fue el primer documento de la historia contemporánea en instituir al más alto rango normativo el concepto de deuda odiosa. Textualmente del Estatuto: “Animado el Gobierno de un sentimiento de justicia y equidad, reconoce todas las deudas del gobierno español que no hayan sido contraídas para mantener la esclavitud del Perú, y hostilizar a los demás pueblos independientes de América” (ver bibliografía). San Martín, emulando la Constitución de los Estados Unidos de 1787 (1), rechazaba expresamente toda deuda contraída en contra de los intereses populares.
Y la mención de Cholvis y del Instituto Sampay en este trabajo resulta doblemente oportuna. No solamente por recordarnos los orígenes de la Doctrina de la Deuda odiosa en el Padre de la Patria (aún más conveniente para los argentinos que los aportes del ruso Sack). Sino y fundamentalmente, por el rol del mencionado Instituto, a saber: el autor de la denuncia penal por Traición a la Patria radicada el 14 de marzo ante la Justicia Nacional en lo Criminal y Correccional Federal (Comodoro Py 2002, CABA). Dicha denuncia penal fue dirigida “Contra todos los integrantes del Poder Ejecutivo Nacional, encabezados por su Presidente, Ingeniero Mauricio Macri, y contra todo senador y/o diputado nacional, que tenga autoría o participación, penalmente responsable, en la delictiva negociación con los fondos buitre, que se intenta aprobar a instancias del Juez Municipal Thomas Griesa”.
A propósito, el pasado 22 de noviembre de 2016, esta denuncia recibió dictamen del titular de la Fiscalía Federal N° 6, Dr. Federico Delgado, impulsando la Causa N°2752/2016 y afirmando que el obrar denunciado por los juristas Barcesat, Cholvis y Corti (miembros del Sampay) tiene “ribetes delictivos”. En este sentido, “el Fiscal solicita una primera tanda de declaraciones indagatorias, que comenzarán por los funcionarios de menor rango (BANCO CENTRAL, INDEC), pero que, necesariamente, abarcará a todos los funcionarios del Gabinete económico, más luego al Poder Ejecutivo Nacional y a los legisladores que, al votar afirmativamente la ley 27.249, se convirtieron en partícipes necesarios del obrar delictivo” (Comunicado de prensa del Instituto Sampay “Impulso acusatorio en la causa por los Fondos Buitres”).
Comité de Auditoría sobre la Deuda Externa macrista
En su último discurso como Presidenta de los argentinos ante la ONU, Cristina Kirchner recordó una de las célebres frases de su esposo durante aquel histórico discurso de 2003: “Los muertos no pagan las deudas, dijo en este mismo recinto”. Y agregó: “No fue una premonición, no fue que adivinó el futuro. Es imposible pagar una deuda si no tiene crecimiento la economía del país deudor”. Y a esta verdad le sumamos otra de Néstor, también del referido discurso: “Nos hacemos cargo como país de haber adoptado políticas ajenas para llegar a tal punto de endeudamiento, pero reclamamos que aquellos organismos internacionales que al imponer esas políticas contribuyeron, alentaron y favorecieron el crecimiento de esa deuda, también asuman su cuota de responsabilidad”.
En su último discurso como Presidenta de los argentinos ante la ONU, Cristina Kirchner recordó una de las célebres frases de su esposo durante aquel histórico discurso de 2003: “Los muertos no pagan las deudas, dijo en este mismo recinto”. Y agregó: “No fue una premonición, no fue que adivinó el futuro. Es imposible pagar una deuda si no tiene crecimiento la economía del país deudor”. Y a esta verdad le sumamos otra de Néstor, también del referido discurso: “Nos hacemos cargo como país de haber adoptado políticas ajenas para llegar a tal punto de endeudamiento, pero reclamamos que aquellos organismos internacionales que al imponer esas políticas contribuyeron, alentaron y favorecieron el crecimiento de esa deuda, también asuman su cuota de responsabilidad”.
En función de la Doctrina de la Deuda odiosa y a la luz del año de administración macrista transcurrido nos preguntamos: ¿Cómo pagar una deuda originada de un endeudamiento que se propone -necesita- de crecimiento nulo o crecimiento regresivo (en beneficio de las élites locales)? ¿Asumieron su cuota de responsabilidad los responsables del endeudamiento? Y los “endeudadores seriales” mencionados por Cristina en su carta al actual Presidente, ¿la asumieron? No solo no la asumieron, sino que nos vuelven a endeudar para perjuicio del Estado, para volver a demoler la economía nacional, popular y democrática reconstruida entre 2003 y 2015, para lesionar los derechos humanos del pueblo argentino.
Volvemos a las preguntas formuladas por Cristina a Mauricio Macri: “¿Vendrá alguna vez un Gobierno que privatice la deuda externa? ¿O la tendrá que pagar otra vez el Pueblo como en el 2001? Por nuestra parte, agregábamos como interrogantes: ¿Es posible poner fin al ciclo del endeudamiento como herramienta para el sometimiento nacional? Y respondemos: creemos que sí. Un Comité de Auditoría sobre la Deuda Externa macrista, nutrido de la experiencia griega, bien podría ser un primer gran paso.
¿Será difícil? Sin dudas. Los mismos griegos dan cuenta de ello por estos días. En efecto, el Comité especial helénico publicó este mes una nota titulada “Grecia: el Comité de Auditoría de la Deuda no se rinde”. Se lee: “Zoe Konstantopoulou [ex Presidenta del Parlamento griego y creadora de esta iniciativa] comenzó recordando el origen de este comité. A pesar de la falta de apoyo de las autoridades gubernamentales y los ataques mediáticos, a veces violentos contra algunos/as de sus miembros, el Comité por la Verdad sobre la Deuda Griega logró publicar, en junio de 2015, un primer informe, que demuestra que la deuda griega con la Troika es ilegal, ilegítima, odiosa e insostenible. A fines de septiembre de 2015, el Comité publicó un segundo análisis que muestra que las nuevas deudas de 86.000 millones de euros que acompañan el tercer memorándum entran en las categorías de ilegales, odiosas, ilegítimas e insostenibles”. A pesar de la tentativa oficial de “liquidar” el Comité, éste decidió en marzo de 2016, en ocasión de una reunión en Bruselas, continuar su trabajo bajo la forma de una asociación.
Conclusiones
El Comité para la Verdad sobre la Deuda Pública griega demostró que la mayor parte de la deuda posterior a 2009 era de hecho “deuda privada convertida en deuda soberana“. Pero en lo que va de endeudamiento macrista, acá no hay deuda privada convertida en soberana; acá no hay préstamos ni créditos ni empréstitos (no hubo financiamiento al Estado argentino). Siquiera “Blindajes” o “Mega-canjes”. Nada. Lo que hay aquí es un saqueo de proporciones inéditas, una estafa al pueblo argentino, una extorsión buitre convertida en deuda soberana. Pero con un agravante igualmente inédito. Eduardo Barcesat, entrevistado por este autor, explicó que ya existen más de 50 reclamos de los acreedores “me too” exigiendo las mismas condiciones que las recibidas por Paul Singer y los bonistas italianos. El endeudamiento derivado de nuevos juicios perdidos contra los acreedores que entraron a los canjes de 2005 y 2010 oscilaría entre 380.000 a 400.000 millones de dólares.
El Comité para la Verdad sobre la Deuda Pública griega demostró que la mayor parte de la deuda posterior a 2009 era de hecho “deuda privada convertida en deuda soberana“. Pero en lo que va de endeudamiento macrista, acá no hay deuda privada convertida en soberana; acá no hay préstamos ni créditos ni empréstitos (no hubo financiamiento al Estado argentino). Siquiera “Blindajes” o “Mega-canjes”. Nada. Lo que hay aquí es un saqueo de proporciones inéditas, una estafa al pueblo argentino, una extorsión buitre convertida en deuda soberana. Pero con un agravante igualmente inédito. Eduardo Barcesat, entrevistado por este autor, explicó que ya existen más de 50 reclamos de los acreedores “me too” exigiendo las mismas condiciones que las recibidas por Paul Singer y los bonistas italianos. El endeudamiento derivado de nuevos juicios perdidos contra los acreedores que entraron a los canjes de 2005 y 2010 oscilaría entre 380.000 a 400.000 millones de dólares.
A modo de cierre, el endeudamiento macrista es: 1)Ilegítimo, por violar derechos humanos y porque no se destinó ni un centavo en beneficio de la población. La presión fue ejercida por acreedores privados de la alicaída banca europea y la estadounidense, en connivencia con los fondos buitre, para el rescate de los primeros y la mejora en la calidad de vida de los accionistas de los segundos; 2)Insostenible, pues se trata de una deuda cuyo pago implica un serio perjuicio a la capacidad del Estado argentino para cumplir con sus obligaciones referentes a los derechos humanos básicos, tales como los relacionados con la salud, la educación, el agua, las redes de saneamiento y la vivienda digna, o para invertir en infraestructura públicas y programas necesarios para el desarrollo económico y social.
El manifiesto deterioro de las condiciones de vida de la población es consecuencia de un Estado desfinanciado y condicionado por la nueva deuda;
y 3)Odioso, porque por un lado, los acreedores conocían que se estaba incurriendo en una violación de los principios democráticos y que dicha deuda sería utilizada en contra de los intereses legítimos de la población del Estado argentino.
Y por el otro, porque el pago de los servicios de esta deuda ya implica la negación de los derechos fundamentales de la población, tanto civiles como políticos, económicos y sociales.
Finalmente, añadir que la gravedad del endeudamiento macrista es doble: no sólo no hubo crédito, préstamo o empréstito alguno destinado a financiar al Estado y mejorar los supuestos problemas de la “pesada herencia”; sino que el perverso mecanismo de este endeudamiento dispararía la deuda a cerca de 400.000 millones de dólares de los cuales los 42 millones de compatriotas y sus millones de hijos, y los hijos de sus hijos, jamás verán ni una moneda.
Néstor Kirchner expresó en Naciones Unidas, en 2003, que “Sin una concreta ayuda internacional que se encamine a permitir la reconstitución de la solvencia económica de los países endeudados y con ello su capacidad de pago, sin medidas que promuevan su crecimiento y desarrollo sustentable favoreciendo concretamente su acceso a los mercados y el crecimiento de sus exportaciones, el pago de la deuda se torna verdadera quimera”.
Entonces, haber siquiera soñado con un triunfo en Naciones Unidas como el de la propuesta argentina sobre reestructuración de deudas soberanas hubiera sido catalogado por propios también como una quimera.
Pero a fuerza de convicción, coraje, ingenio y patriotismo la quimera mutó en realidad, y por 136 votos a 4.
¿Quién nos convence que aportar como Nación y como pueblo a la consolidación de la Doctrina de la Deuda Odiosa en favor de los pueblos oprimidos del mundo será una quimera?
Néstor Kirchner en Naciones Unidas, septiembre de 2003.
El neoliberalismo se ha caracterizado siempre por estatizar la deuda externa (y socializar la deuda privada del establishment local); lo hizo y hace a fondo, sin tapujos ni bemoles.
Cuenta con mecanismos políticos, culturales, jurídicos y constitucionales para hacerlo. ¿Es posible construir los mecanismos para ir en sentido inverso?
¿Será que “privatizar la deuda” -parafraseando a Cristina- es la solución para el fin de ciclo del endeudamiento recurrente y deliberado, piedra angular del saqueo bicentenario contra el pueblo argentino? ¿Volverá a pagar otra vez el Pueblo como en 2001? Depende de nosotros.
“Volver y ser mejores”, aprisionados por la deuda contraída por la “patria contratista” del siglo XXI resulta una quimera.
Bibliografia
(1) El artículo IV de la referida Constitución declaraba como deuda pública válida a “todas las cargas de la guerra, como todos los demás gastos en que se incurriera para la defensa común o para el bienestar general y que hubiesen sido votados por los Estados Unidos en Congreso reunidos, serán costeados por un tesoro común…”. El subrayado es nuestro.
(1) El artículo IV de la referida Constitución declaraba como deuda pública válida a “todas las cargas de la guerra, como todos los demás gastos en que se incurriera para la defensa común o para el bienestar general y que hubiesen sido votados por los Estados Unidos en Congreso reunidos, serán costeados por un tesoro común…”. El subrayado es nuestro.
OETEC (25/11/2016) El acueducto del Impenetrable: ¿Plan Belgrano? ¿Financiada por “el Gobierno”?
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OETEC (15/03/2016) OETEC frente a la estafa buitre: “Tentativa de Rendición – Traición a la Patria y desconocimiento de la deuda por Deuda Ilegítima y Deuda Odiosa”
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Carta de Cristina Fernández de Kirchner a Mauricio Macri
http://cfkargentina.com/no-es-mi-mama-es-tu-papa-y-vos-tambien/
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Informe de Octubre de 2015, Comité de la Deuda griega
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Jorge Cholvis sobre San Martín y la Doctrina de la Deuda odiosa
http://www.iade.org.ar/noticias/deuda-externa-el-general-san-martin-y-la-deuda-odiosa
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Fuente:http://eppa.com.ar/4460-2/
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