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jueves, 19 de mayo de 2016

20 cosas que hay que saber del tratado con Canadá y el TTIP

20 cosas que hay que saber del tratado con Canadá y el TTIP
Aunque el CETA crearía un mercado mucho más pequeño que el que se pretende crear a través del TTIP, se trata de un comercio agresivo y supone el incremento de privilegios y poderes para las grandes empresas e industrias. De hecho, el CETA es un globo sonda, una especie de anteproyecto del TTIP.
, Ecologistas en Acción

Reunión del G8 durante las negociaciones del CETA con el exprimer ministro canadiense Stephen Harper.
El Acuerdo Económico y Comercial Global (CETA, por sus siglas en inglés), que consta aproximadamente de unas 500 páginas y mil de anexos, es el equivalente canadiense al TTIP, negociado por la tecnocracia de la Comisión Europea y el Gobierno conservador canadiense entre 2009 y 2014. Este acuerdo está mucho más avanzado en el proceso de aprobación que el que se negocia con EE UU (el TTIP).
Sus defensores pretenden abrir los mercados de la Unión Europea y de Canadá a sus respectivas corporaciones, incluyendo los sectores de servicios, farmacéutico, energético y agrícola.
Igual que en el caso del TTIP, el CETA es un tratado comercial que se centra ya no en las barreras arancelarias a productos y servicios sino en las mal llamadas “barreras no arancelarias”, o sea regulaciones económicas y políticas que limitan la acumulación de beneficios privados y que abarcan amplias áreas de políticas públicas como la protección de la inversión, la contratación pública, los servicios públicos, la armonización de las normas, la cooperación reguladora, y el sector agrícola.
Las negociaciones han tenido lugar principalmente a puerta cerrada con poca información a la opinión pública y ningún debate abierto a la ciudadanía. Por ejemplo, el Congreso español no han tenido debates ni acceso a información adecuados. 
En septiembre de 2014, el entonces primer ministro canadiense, Stephen Harper, el presidente de la Comisión Europea, José Manuel Barroso, y el entonces presidente del Consejo Europeo, Herman Van Rompuy, firmaron una declaración conjunta para “celebrar” la conclusión de las conversaciones sobre el CETA. 
Desde entonces, sigue habiendo una oposición clara tanto en Canadá como en Europa y el acuerdo está lejos de poderse implementar. De hecho cada semana crece el rechazo y se suman gobiernos que se muestran reacios a ratificar el CETA.
Los que más oposición muestran son Rumanía y Bulgaria, a quienes se les niega la parte positiva que podría tener para sus ciudadanos el tratado, ya que se les excluirá del capítulo de libre circulación de personas. 
Austria y Bélgica, por medio de sus parlamentos regionales, también han cuestionado el acuerdo, que puede quedar en papel mojado en los próximos meses.
En marzo, la Federación Europea de Sindicatos de Servicios Públicos, que representa a más de ocho millones de trabajadores del sector público, llamaba al rechazo de este tratado por sus implicaciones sobre el sector público, la inclusión de cláusulas de protección de inversores como el ISDS o el riesgo para derechos laborales e incluso derechos humanos.
El acuerdo con Canadá se terminó de negociar en 2014, aunque algunos mandatarios europeos parecen no ser conscientes de ello. Recientemente, el diputado sueco Christofer Fjellner pedía cambios en un tratado que debe volver a ratificarse el 13 de mayo en la reunión del consejo de ministros de comercio. 
El texto final se presentará en junio y, en septiembre, una reunión informal dará el “sí” definitivo para una firma que tendría lugar en octubre. Rumanía y el estado belga de Valonia son los territorios que más se oponen.

1. Los antecedentes

Respecto a los sectores de servicios sociales y de salud, el antecedente para las negociaciones del CETA y del TTIP es la lista de la UE que se negoció en el marco del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (GATS, por sus siglas en inglés) en la Organización Mundial del Comercio en 1994 y 2003 y que contiene compromisos para abrir estos sectores a empresas privadas de otros países. Ninguno de estos sectores de servicios se llegaron a abrir por completo, ya que los Estados miembros de la UE hicieron algunas reservas específicas.

2. Competencia

Resulta especialmente preocupante que bajo el CETA y el TTIP incluso las regulaciones sobre la asistencia sanitaria en España, a través del Sistema Nacional de Salud (SNS), podrían verse amenazadas. La consecuencia práctica es que los inversores podrían desafiar las regulaciones de los sistemas de seguridad social, incluso las aseguradoras de salud pública.
La Plataforma Europea de la Seguridad Social (ESIP) advierte: "En muchos sistemas de seguridad social es difícil decir si los servicios se suministran en condiciones comerciales o en competencia con uno o varios proveedores de servicios, ya que no se define claramente lo que se entiende por las expresiones ‘base comercial’ y ‘competencia’".

3. Lista negativa

El CETA se convertirá en el primer acuerdo de la UE con el enfoque de “lista negativa” para los compromisos de servicios. 
Todos los servicios estarán sujetos a la liberalización, a menos que se haga una excepción explícita. 
Algo parecido sucede con la negociación sobre servicios en TTIP relativo al “trato nacional”.

4. Excepciones

En el CETA existe una exención muy limitada para los servicios “suministrados en ejercicio de facultades gubernamentales”. 
Hoy en día, en prácticamente en todos los servicios actúan empresas privadas junto a proveedores públicos. Esto limita la exención de autoridad gubernamental a unas pocas funciones tales como la policía, el poder judicial o los servicios de un banco central. 
Problemas similares afectan a la llamada exención de “servicios públicos”, que contiene tantos vacíos que no permite una protección adecuada a los servicios públicos.

5. Los cuidados

Los servicios públicos no están excluidos del CETA y tanto este tratado como el TTIP amenazan con liberalizar la atención sanitaria y social. Al menos 11 Estados miembros de la UE (entre ellos, España) se han comprometido a liberalizar –o sea, privatizar– con el CETA los servicios de cuidados a largo plazo, como la atención residencial para la tercera edad. 
Tales compromisos pueden chocar con las medidas para proteger el sector de salud y de atención social a largo plazo frente a las estrategias de los inversores financieros que están comprando y vendiendo activos financieros en este sector todo el mundo.

6. Un ejemplo: el agua

En octubre de 2014, la compañía de agua AS Tallinna Vesi junto con su accionista United Utilities B.V. presentaron una demanda inversor-Estado contra Estonia ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), una entidad del Grupo del Banco Mundial. Tallinna Vesi es la empresa de agua de la capital de Estonia, Tallin, que fue privatizada en 2001, cuando United Utilities B.V. se convirtió en su mayor accionista. 
Las demandantes alegan que Estonia violó la norma de “trato justo y equitativo” por denegar la solicitud de Tallinna Vesi para aumentar las tarifas de agua. 
Ahora están buscando “indemnización por daños potenciales de más de 90 millones de euros para el total de las pérdidas durante la vigencia del contrato hasta 2020”. 
El holding holandés permitió a los solicitantes utilizar el mecanismo de arbitraje internacional incluido en el tratado bilateral de protección de la inversión entre los Países Bajos y Estonia.

7. Externalización de servicios

El CETA facilitaría aun más a las grandes empresas multinacionales el acceso sin restricciones a la contratación pública. Ello podría restringir la capacidad de los gobiernos para apoyar a los proveedores locales y sin fines de lucro y provocar la externalización de puestos de trabajo del sector público a empresas privadas, donde el personal a menudo se ve obligado a hacer el mismo trabajo en peores condiciones salariales y laborales. 
En el CETA ya hay varias administraciones públicas que tendrán que permitir la competencia transatlántica cuando quieren comprar suministros y servicios, un medio eficaz para la privatización mediante la transferencia gradual de los servicios públicos a los proveedores con fines de lucro.

8. Irreversibilidad

El CETA y el TTIP afectarían a las mejoras en servicios públicos que quieran iniciar nuevos gobiernos. Al asumir los compromisos comerciales internacionales vinculantes, la UE obliga a los Estados miembros a mantener las privatizaciones ya realizadas en el pasado. 
Revertir las medidas neoliberales con el fin de restablecer la igualdad de acceso a la salud y la cobertura universal de los sistemas de seguridad social se hará cada vez más difícil y costoso para los futuros gobiernos. En el CETA, en la página 51, se recoge la cláusula de trinquete (ratchet clause), que permite únicamente las modificaciones que sean más “liberales” y prohíbe las consideradas como una restricción al comercio.
Esto podría amenazar la tendencia creciente a la remunicipalización de los servicios de agua, redes de energía y servicios de transporte. 
Una reversión de algunas de las privatizaciones fallidas del Servicio Nacional de Salud del Reino Unido puede ser considerada como una violación del CETA y del TTIP.

9. Antes gestión del riesgo que precaución

En el CETA, igual que en los papeles filtrados del TTIP, se pretende omitir el principio de precaución, base del ordenamiento jurídico europeo, al que no se menciona en la parte de la cooperación reguladora. 
Esto significa que con el CETA los medicamentos, los productos agrícolas, aditivos alimentarios y otros productos podrían ser comercializados con mucha más rapidez que en la actualidad. 
El principio de precaución, recogido en elartículo 191 de Tratado de la Unión Europea, permite reaccionar rápidamente ante un posible peligro para la salud humana o el medio ambiente. Si los datos científicos no determinan la seguridad de una sustancia o la ausencia de alternativas, el recurso a este principio evita su distribución e incluso puede retirarla del mercado.
Es decir, previene el daño antes de que se ocasione y busca alternativas. En arreglo a este principio, la UE no ha permitido la entrada de carne estadounidense tratada con hormonas, como medida de precaución, por su posible relación con el desarrollo de cáncer. 
Tampoco permite a la industria introducir una nueva sustancia en un producto, por ejemplo un champú, sin demostrar previamente que no causará daños a la población o al medio ambiente. 
En varios capítulos de los documentos filtrados del TTIP se confirma la elección del “principio de gestión del riesgo”, seguido en EE UU y Canadá, que enuncia lo contrario: todas las sustancias químicas son seguras hasta que se demuestre, con toda certeza, que causan daño.

10. Cooperación reguladora

Con la inclusión del principio de cooperación reguladora en el CETA, Canadá y la UE persiguen la idea de aceptar las normas de cada uno, lo que puede poner en peligro estándares en diversos campos a largo plazo. 
Ello invita a las grandes empresas a proponer armonizaciones en las regulaciones y los estándares, lo que llevaría a unacompetencia a la baja en la protección de la salud y el medio ambiente, la seguridad alimentaria y laboral. 
La cooperación reguladora está presente también en el TTIP.

11. Cooperación reguladora: un ejemplo

La cooperación reguladora comenzó a andar en la década de los 90, con la creación delDiálogo Empresarial Trasatlántico, para incorporar a las empresas en los procesos legislativos de toma de decisiones. Por las protestas de la sociedad civil, se crearon otros “diálogos” de uniones laborales, medioambientales y de consumidores, pero pronto se vaciaron de contenido y los dos primeros terminaron desapareciendo.
Se ha calculado que CETA aumentaría el precio de los medicamentos en Canadá en casi 3.000 millones de dólares cada año
Entre los “éxitos” de la cooperación reguladora está haber vetado la propuesta de que las líneas aéreas paguen más por emisiones de gases de efecto invernadero; otro hito de la cooperación reguladora es haber conseguido, en 2004, que las instituciones financieras estadounidenses operasen en la UE bajo la legislación de Washington. Esto tuvo un efecto visible en 2008, con la quiebra de AIG (rescatada con 186.000 millones de dólares). Ni la UE ni EE UU sabían qué tenía AIG en sus libros contables.

12. El tribunal de arbitraje

Estos tratados proporcionan a las empresas transnacionales los mecanismos de solución de controversias inversor-Estado (ISDS, por sus siglas en inglés) que extienden los privilegios de los inversores. Con la inclusión del arbitraje privado inversor-Estado en el CETA y el TTIP, junto al mecanismo tradicional de controversias Estado-Estado, se les concederá a los inversores una herramienta muy poderosa para hacer valer sus demandas. 
El CETA permite a los inversores extranjeros presentar reclamaciones ante tribunales privados contra Estados por cualquier reglamentación en el sector servicios. Las políticas que regulan los servicios públicos –a partir de la limitación del precio del agua a las empresas privatizadas– ya han pasado por tribunales ISDS.

13. Los costes del ISDS

En el marco del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, el Estado canadiense ha sido demandado 35 veces, ha perdido o llegado a un acuerdo sobre seis demandas y ha pagado un total de más de 171,5 millones de dólares canadienses a inversores extranjeros en concepto de daños. El CETA incrementará notablemente el riesgo de que Canadá sea demandada por bancos, aseguradoras y sociedades financieras.
En el caso de la UE y sus Estados miembros, el acuerdo incrementará el riesgo de que sean demandados por inversores canadienses en los sectores de la minería y de la extracción de petróleo y gas. 
El 75% de las mineras del mundo cotizan en la bolsa de Toronto; son canadienses las empresas que mantienen abiertos los proyectos deCorcoesto en Galicia –cuya empresa promotora tiene una filial en Pamamá–, Rosia Montana en Rumanía o de Halkidiki en Grecia.
 Las filiales canadienses de multinacionales con sede en Estados Unidos también podrán usar el CETA para demandar a Gobiernos europeos.

14. Agricultura y alimentación: la ingeniería genética

El CETA sería un buen negocio para la industria agroalimentaria, pero no tanto para los pequeños agricultores de Europa y de Canadá, que tendrían que hacer frente a unacompetencia adicional y a una creciente presión de los mercados internacionales, que bajan los precios, empeoran las condiciones de trabajo y afectan negativamente a la calidad de los alimentos.
La homogeneización –a la baja– de las normas de ingeniería genética existentes en la Unión Europea, Canadá y EE UU podría afectar a la salud, la seguridad alimentaria, el bienestar animal y la biodiversidad. 
La aprobación de acuerdos comerciales como el CETA y el TTIP está destinada a reducir la protección del medio ambiente y de los consumidores frente a los productos agrícolas de la ingeniería genética.
En las últimas décadas, la sociedad civil ha desempeñado un papel clave en el debate político sobre la ingeniería genética en la agricultura y la alimentación. Como resultado, existen múltiples regulaciones y disposiciones sobre la protección de la producción agrícola y alimentaria, la prohibición de cultivar transgénicos en varios países europeos, la obligación del etiquetado en los alimentos de consumo humano, así como más de 170 regiones europeas y 4.700 gobiernos o entidades locales que se han declarado zonas libres de organismos modificados genéticamente (OMG) en la alimentación.

Leer: Así reduce el TTIP las competencias municipales

En la actualidad existen considerables diferencias de regulación entre la UE y los respectivos interlocutores en las negociaciones con Canadá y Estados Unidos, pero la UE está sacrificando, cada vez más, preocupaciones ambientales y de salud en aras del comercio. 
La apertura de las negociaciones de la UE con Canadá y Estados Unidos está llevando a un “enfriamiento regulatorio”, es decir, a que los países se abstengan de introducir regulaciones en este sentido.
Los sistemas de autorización y control canadienses y de EE UU en relación con los transgénicos no son consistentes porque el legislador no distingue entre la ingeniería genética y otros procedimientos de producción. 
En esos dos países –a diferencia de la UE–, plantas modificadas genéticamente pueden venderse en el mercado sin ningún tipo de examen de aprobación. Y los consumidores y agricultores de esos países no pueden saber si los alimentos o los piensos se producen con plantas modificadas genéticamente debido a que éstos no están etiquetados como tales.


15. Protección a los consumidores

Al contrario que en la UE, donde deben tenerse en cuenta las incertidumbres científicas en los procedimientos de evaluación de riesgos, en EE UU las plantas modificadas genéticamente se consideran seguras hasta que se demuestre lo contrario. En este país, así como en Canadá, tampoco existen normas para proteger la agricultura libre de transgénicos o para prevenir la propagación incontrolada de OMG en el medio ambiente. La UE tiene disposiciones legales de ese tipo, aunque sean absolutamente inadecuadas e insuficientes. El CETA y el TTIP darían lugar a medio plazo a una reducción de las normas de la UE.
Tampoco hay que subestimar el papel de los tribunales privados de arbitraje que deciden sobre las controversias entre inversores y Estados (ISDS). Es muy probable que los inversores utilicen los tribunales privados de arbitraje para ejercer presión con el fin de eliminar las normas medioambientales y de protección a los consumidores en el ámbito de los transgénicos.

16. Derechos digitales

La propiedad intelectual es otro de los aspectos clave de los acuerdos de libre comercio que se negocian en la actualidad. Tras la publicación de los TTIPLeaks, la asociación European Digital Rights (EDRI) señalaba varios puntos rojos en las negociaciones en lo que respecta a propiedad intelectual, derechos digitales y neutralidad de la red. 
Uno se refiere a la llamada ‘flexibilidad regula­toria’, que dará “nuevos y excesivos poderes” a las operadoras de telecomunicaciones.
El artículo X.6 del borrador filtrado, dice esta organización, “es aún peor”, ya que permite a los operadores de telecomunicaciones modificar e incluso derogar legislación de los Estados miembros o de la UE. Esta organización también ha criticado el CETA porque pone en riesgo la protección de datos. 
Canadá forma parte del grupo de los“Cinco ojos” un grupo de países del que también forman parte Reino Unido y Estados Unidos, acusados de prácticas de vigilancia masiva sobre la población. Si se aprueba el CETA, dice la organización EDRI, este tratado estará de facto por encima de la carta de derechos fundamentales de la UE.

17. Empleos

“El libre comercio con Estados Unidos permitirá crear más de 334.000 empleos en España en cinco años”, decía sin ruborizarse el secretario de Estado de Comercio, en 2015. Según la lógica de sus defensores, la eliminación de barreras comerciales llevará a la creación de una avalancha de empleos. 
Sin embargo, otros estudios llegan a conclusiones opuestas. La propia UE maneja desde hace al menos dos años informes que prevén, según el escenario más cauto, una pérdida de un millón de empleos en ambos continentes de aprobarse el TTIP. 
El estudio realizado por Jeronim Capaldo muestra que el TTIP es un ataque al empleo de Europa y destruiría –por lo menos– 600.000 empleos y daría lugar a una pérdida de salarios. Capaldo ha basado su estudio en el Modelo de Políticas Globales (GPM) de la ONU.

18. Medicamentos

La prevalencia de la Propiedad Intelectual sobre el derecho a la salud puede influir en una excesiva protección de los intereses de la industria farmacéutica, algo que ya ha sido denunciado en el marco de las negociaciones del Tratado Trans-Pacífico (TPP). 
Entre estas medidas están el aumento de la duración de las patentes, el consiguiente retraso de la entrada en el sistema de los medicamentos genéricos, el incremento del periodo de protección de los datos acerca de los medicamentos y aspectos relacionados con la cooperación reguladora –el lobby farmacéutico ha gastado 40 millones de euros para presionar a favor del TTIP en Bruselas– y el recurso a los tribunales de arbitraje ISDS. 
Se ha calculado que CETA aumentaría el precio de los medicamentos en Canadá en casi 3.000 millones de dólares cada año.

19. Energía: París en el olvido

Universos paralelos: un viernes, Barack Obama y Angela Merkel firman en Nueva York el nefasto acuerdo de la cumbre sobre el clima de París y dos días más tarde promueven en Hannover el TTIP, que profundizaría peligrosamente las crisis ambientales. 
La propia Comisión Europea ha admitido que el modelo que representan estos acuerdos supondrá un incremento de las emisiones de 11 millones de toneladas de CO2.
Preocupa mucho el capítulo de reglamentación nacional que podríamos llamar “Regalos para la industria del petróleo y gas”. Los artículos de dicho capítulo parecen diseñados para matar los esfuerzos para hacer frente al calentamiento global y regular la industria extractiva y de los combustibles fósiles. 
Un intercambio de cartas hecho público por The Guardian ha mostrado la influencia de empresas petroleras como BP en la Dirección General de Comercio de la Comisión Europea. 
Según las misivas, Bruselas había modificado la Directiva de emisiones industriales (referentes, por ejemplo, a refinerías) a favor de lo que le demandaba la petrolera.
Los gobiernos de la UE y Canadá incluyen nuevas restricciones en el CETA para limitar el derecho a regular el ámbito de las políticas ambientales y energéticas. A falta de un tratado internacional que prohiba todas las regulaciones gubernamentales, el CETA da a la industria del petróleo y del gas prácticamente todo lo que lleva décadas pidiendo.

20. Normativa nacional

La mayoría de los acuerdos comerciales y de inversión están llenos de una jerga deliberadamente oscura, pero el capítulo de la normativa nacional del CETA es en realidad sencillo de entender. 
El capítulo 14 sobre la normativa nacional ofrece tantos motivos para desafiar reglamentos que casi cualquier regulación ambiental podría definirse en el futuro como “contraria” al acuerdo CETA.
Éste exige que las partes aseguren “que los procedimientos de concesión de licencias sean tan simples como sea posible y no deberían complicar ni retrasar indebidamente la prestación de un servicio o el ejercicio de cualquier otra actividad económica” (artículo 2, sección 7). 
Requerir que las compañías de petróleo y gas hagan evaluaciones ambientales, estudios arqueológicos o conseguir aprobaciones de diferentes niveles de gobierno es claramente un proceso que podría simplificarse mediante la supresión de estos requisitos.

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