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jueves, 31 de octubre de 2013

Bloguero -> Como Adaptar tu Web a la “Ley de Cookies” Usuario -> Cookies, ¿Debo aceptarlas en mis dispositivos?



Adapta tu web a la “Ley de Cookies”. Asesoramiento GRATUITO


 
¡Hola!
Es posible que hayas oído hablar sobre la “Ley de Cookies” y que en muchas webs de las que visitas a diario verás que hablan sobre ella.
Hay que saber que no es una Ley como tal,  sino un artículo (concretamente el artículo 22) de la Ley 34/2002, es decir de la Ley de Servicios de la Sociedad de Información o LSSI como también se la conoce.
Pero empecemos por el prinicpio…
¿Qué son las Cookies? ¿se comen?
Estas Cookies me temo que no se comen, las Cookies son ficheros de información que se descargan en tu navegador web (Firefox, Chrome, Internet Explorer…) y que son utilizados para almacenar y recuperar información. Por poner un ejemplo, una Cookie que nos encontramos en muchas páginas  son las generadas por Google Analityc y que se utilizan para estadísticas (ubicación, páginas que visitas, etc).
¿Qué dice el “dichoso” artículo? ¿qué dice la Ley?
El artículo dice lo siguiente
Los prestadores de servicios podrán utilizar dispositivos de almacenamiento y recuperación de datos en equipos terminales de los destinatarios, a condición de que los mismos hayan dado su consentimiento después de que se les haya facilitado información clara y completa sobre su utilización, en particular, sobre los fines del tratamiento de los datos, con arreglo a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Cuando sea técnicamente posible y eficaz, el consentimiento del destinatario para aceptar el tratamiento de los datos podrá facilitarse mediante el uso de los parámetros adecuados del navegador o de otras aplicaciones, siempre que aquél deba proceder a su configuración durante su instalación o actualización mediante una acción expresa a tal efecto.
Lo anterior no impedirá el posible almacenamiento o acceso de índole técnica al solo fin de efectuar la transmisión de una comunicación por una red de comunicaciones electrónicas o, en la medida que resulte estrictamente necesario, para la prestación de un servicio de la sociedad de la información expresamente solicitado por el destinatario.”
¿cómo cumplo entonces con la ley de Cookies? 
¿cómo cumplo con la ley?
Analicemos primero cómo empieza el artículo: 
Los prestadores de servicios (…)” esto nos indica que esta ley afecta a todos los profesionales y empresas con páginas web que 
a) residan en España         b) ofrezcan sus servicios en España 
Una vez que tenemos claro a quien afecta la ley de cookies, debemos ver si nuestra web usa “(..) dispositivos de almacenamiento y recuperación de datos en equipos terminales de los destinatarios (…)”, 
¿usa nuestra web, nuestro sitio web cookies?  
En esta web (clic aquí) encontraréis cómo verificar si usa vuestra web cookies. 
Está explicado por cada navegador (de los principales que se usan), para que no quede ninguna duda.
Vamos a partir de un ejemplo de web que SÍ usa Cookies, y qué mejor que usar como ejemplo que nuestra web Www.TicRevolution.COM
Nosotros usamos las siguientes Cookies:
Google Analityc: datos estadísticos
Zoopim (es el chat de “ayuda” que tenemos en la parte inferior derecha)
Redes sociales: Facebook, Twitter…
Identificadas las Cookieslo que se debe hacer es INFORMAR al usuario y PEDIRLE SU CONSENTIMIENTO después de haberle proporcionado toda la información necesaria. 
NO está permitido instalar las Cookies en el navegador del visitante e informarle (es decir, consentimiento implícito). 
El visitante SIEMPRE debe dar su consentimiento antes de instalar la/s Cookies (consentimiento explicito). 
El procedimiento correcto por tanto sería:
  1. Informar de que la web usa Cookies y el fin de esas Cookies (se recomienda facilitar enlace a la “política de Cookies” con más información)
  2. PEDIR SU CONSENTIMIENTO
  3. Si el usuario acepta, entonces, ahora si, INSTALARLE LAS COOKIES
En Tic Revolution seguimos esta normativa al pie de la letra (¡¡ sobre todo cuando las sanciones oscilan los 30.000 € y los 150.0000 € para casos mas graves !!) y os aconsejamos a todos los sitios web que la cumpláis. Se está empezando a denunciar a webs que hacían un consentimiento implícito (instalarle las cookies e informar) y, como habéis leído en este artículo, esto no se permite.
Nosotros podemos ayudaros. Podemos revisar SIN COSTE ALGUNO, de forma GRATUITAsi vuestra web debe cumplir esta ley, ASESORAROS DE FORMA GRATUITA e incluso si deseáis, podemos encargarnos de MODIFICAR VUESTRA WEB, VUESTRO SITIO WEB para que cumpla con la ley… ¿qué os parece? No lo dudéis y contactar con nosotros (clic aquí), os estamos esperando.
Un saludo,
Miguel Fernández (miguel.fernandez@ticrevolution.com — 684.22.68.24)

Cookies, ¿debo aceptarlas en mis dispositivos?


La normativa europea obliga a pedir autorización a las páginas web para instalar estos programas en los dispositivos del usuario
  • Por JORDI SABATÉ
  •      
  • 23 de octubre de 2013


Entramos desde el móvil a la página web de nuestro medio de información favorito o red social, y nos salta una ventana emergente en la que se informa de la política de la empresa respecto a las llamadas cookies y nos advierte de que ellos las utilizan y nos piden que aceptemos el uso de estos programas. 

El mismo proceso se repite en multitud de páginas y servicios sin que sepamos muy bien qué hacer. 

¿Debemos aceptar las cookies, o son solo una excusa de las compañías para espiarnos? 


¿Por qué nos avasallan con estos avisos de manera continua en pantallas tan pequeñas como las de los móviles, cuando lo único que consiguen es entorpecer nuestra navegación? 

Este artículo arroja luz sobre estas advertencias a las que están obligadas por ley todas las páginas y servicios web.


Las ventanas emergentes que nos advierten del uso de cookies son muy incómodas, e incluso inoportunas, sobre todo en pantallas de dispositivos portátiles como móviles y tabletas. 


Las cookies son nuestro pasaporte para entrar en las diferentes páginas, plataformas y servicios digitales

Además, la navegación continuada por la Red se vuelve dificultosa cuando todo el rato saltan ventanas emergentes que informan de algo que no entendemos muy bien, pero de lo que hemos oído hablar como sospechoso.

Pero las páginas y los servicios, también EROSKI CONSUMER, se han visto obligados a aplicar este procedimiento de aviso por causa de una directiva de la Comisión Europea (CE) al respecto, que obra en favor de los derechos del usuario. 

En efecto, 



la directiva europea pretende que, al menos la primera vez que un servicio nos instala una cookie en nuestro ordenador, móvil o tableta, 

sepamos que tal acción se está operando y que tiene consecuencias sobre nuestra privacidad.

Cookies: ¿buenas o malas?

Se ha discutido mucho sobre la idoneidad de las cookies desde que fueron creadas en los albores de Internet. 

Para comprender su importancia
                                 nada como una experiencia reveladora.


Para ello, primero, 

hay que abrir el panel de configuraciones del navegador 

y eliminar todas las cookies instaladas

además de no permitir que se instale ninguna nueva, 

así como que 

se guarden datos locales de los sitios que visitamos. 


Después, hay que comenzar a navegar como lo haríamos siempre, recorriendo nuestros sitios favoritos.

Sin las cookies, a día de hoy 
la navegación web se nos haría casi imposible

Pronto veremos que en ningún servicio de los habituales nos reconocen y que cada vez que queremos entrar en ellos debemos introducir nombre de usuario y contraseña. 

También ocurre que el navegador no guarda datos de pasadas búsquedas, de modo que es como si el servicio se hubiera quedado sin memoria

Tampoco podrá aportar información adicional que antes nos daba, porque no sabe exactamente quien somos: se le olvida cada vez que entramos y salimos.


Incluso en muchos servicios, al bloquear la instalación de cookies, no será imposible iniciar sesión, como ocurre con Google, Facebook o Twitter. 



¿Por qué? 

Porque sin la instalación de la cookie es como si fuéramos un objeto intruso que penetra en el servicio y, por seguridad hacia los datos del usuario (nosotros), nos bloquea. 

Si desactivamos al menos el bloqueo a la instalación de cookies, volveremos a ser readmitidos en estos servicios.

Las cookies son, por tanto, nuestro pasaporte para entrar en las diferentes páginas, plataformas y servicios digitales; el modo con el que estas web saben que somos quien decimos ser, y no un programa malicioso e intruso. 

Al principio fueron concebidas por comodidad del usuario, aunque luego, con el aumento de los ciberataques, se han impuesto como medida de seguridad en los sitios que guardan datos privados.

¿Por qué entonces obliga la CE a avisar?

La Comisión Europea vela por la privacidad y seguridad 
de los ciudadanos de los Estados miembros, 
porque el uso de las cookies es, en la mayoría de casos, necesario, pero también se utilizan por parte de las empresas de publicidad que tienen fines comerciales.

A veces, entramos en páginas de mensajes virales o en webs de productos o medios de comunicación, y no somos conscientes de que la agencia que está detrás de ellos, u otras empresas del sector de los estudios de marketing, 
nos instalan cookies

El aviso sobre la política de cookies de la página 
es una obligación de la Comisión Europea 
que refuerza nuestra seguridad

Pero no es una práctica ilegal: estas agencias emplean datos de nuestra navegación por su web, o por otras, para hacer mejor su trabajo de venta de publicidad, o de organizar un comercio on line, de modo que se compre más y mejor. 

Son técnicas conocidas como "behavioral targeting"
con las que estudian el comportamiento de los usuarios 
y sus gustos para afinar el tipo de servicio que les dan.

Toda empresa que nos muestre estos avisos 
nos asegura su compromiso con las directrices 
de la Unión Europea en cuanto a privacidad

Pero, a veces, 
estas cookies son muy agresivas en los datos que recogen 
y su actividad consume recursos de nuestro procesador 
y, por tanto, nos hace incómodo 
el uso de nuestro dispositivo y gastan batería.


Por si fuera poco: 

¿cómo sabemos que no recaba datos más íntimos 

y además toma nota de nuestro nombre y apellidos? 

Esta práctica sería del todo ilegal y, por eso, la gran mayoría de las empresas, entre ellas todas las destacadas, se guardan de hacerlo. 

Pero esto no significa 

que algunas no puedan llevarlo a cabo.

Por esto, para asegurar un compromiso de las firmas importantes presentes en Internet, la CE exige a estos sitios web: 

alertar a los usuarios de que se aplicarán cookies, 

tanto propias como de terceros; 

especificar qué funciones tienen; 

y cuál es la política de la compañía respecto a las mismas, 

asegurando que 

no violarán su intimidad ni robarán datos confidenciales. 

De este modo, si se violara este compromiso, 

el usuario podría denunciar a la empresa. 

Por lo tanto, en principio, toda compañía que nos muestre estos avisos, aunque resulten incómodos, nos asegura su compromiso con las directrices de la Comisión Europea en cuanto a privacidad, algo siempre positivo.


Borrado periódico de cookies


De todos modos, es casi imposible en una navegación normal evitar las cookies de empresas de marketing que puedan ser agresivas.

Y, entonces, la acumulación de cookies puede hacer que haya en nuestro dispositivo mucha actividad en segundo plano, que consume muchos recursos y ralentiza el funcionamiento.
Con el fin de evitar estos atascos de funciones, no está de más hacer un barrido temporal de las cookies, cada seis meses. Después, a medida que vayamos navegando, nuestros sitios habituales las instalarán de nuevo sin problemas.
Para ello, desde el navegador, vamos al menú de configuración y entramos en el apartado de cookies para pedirle que las borre, pero no que bloquee las nuevas.

Ahora bien, antes de hacerlo, es muy importante recordar todas las contraseñas que usamos en los distintos servicios, porque luego las tendremos que introducir de nuevo para poder entrar en ellos.

 consumer.es






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